DON MIGUEL BOUTIQUE SA
Hoja MA847· NIF A29058633
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Anónima (SA)
Información jurídica
Información jurídica de DON MIGUEL BOUTIQUE SA
Actividad
DON MIGUEL BOUTIQUE SA es una Sociedad Anónima (SA) con domicilio social en Málaga, Andalucía. El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, del 19 de septiembre de 2012 al 23 de octubre de 2012.
Cronología (BORME)
- 23/10/2012#1947904
DON MIGUEL BOUTIQUE SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 365/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 5/06/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. Juez: ANTONIO FUENTES BUJALANCE. Situació… - 19/09/2012#1899547
DON MIGUEL BOUTIQUE SA. Otros conceptos: Se hace constar la cancelación del órgano de administraciónpor caducidad del mismo, conforme al art. 145.3 del R.R.M.- Datos registrales. T 1091, L 7, F 147, S 8, H MA 847, I/A 12 A (10.09.12).
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Málaga — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal12/06/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 358/2012RPC-551528RPCConsultar en el RPC ↗Juez: JUDITH ISABEL SAIZ SORIA
se acuerda conceder un plazo de diez días para que a Administración Concursal, las partes personadas, a los acreedores con privilegio especial, y cualquier interesado puedan alegar lo que a su derecho convenga
- Otro acto concursal22/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaBOE-B-2012-31661 ↗
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 358/12 (NIG 2906742M20120000596), por auto de fecha 5 de junio de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al D. Miguel Boutique, S.A., con NIF A29058633, domicilio en c/ Asturias, n.º 30, de Fuengirola, Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor queda suspendido en todas sus facultades, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra Remartinez&rincón Administradores Concursales S.L.P., que designan a don José Luis Rincón Cestero, provisto de DNI 25.078.850 H, español, mayor de edad, con vecindad civil común, vecino de Málaga y dirección postal Avda. Ciudad de Melilla, s/n, Cj. Plaza Mayor, locales 11-12, Arroyo de la Miel, Benalmádena, 29631, profesión Abogado y con dirección de correo electrónico [email protected], que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 26 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.