DISTRIBUCIONES MANUEL BORQUE SL
Hoja TE1932· NIF B44148302
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de DISTRIBUCIONES MANUEL BORQUE SL
Actividad
DISTRIBUCIONES MANUEL BORQUE SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Teruel, Aragón. El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 2 de agosto de 2012 al 26 de diciembre de 2013, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Baja».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Borque Baguena RaquelCese el 05/12/2013Administrador Único
- Borque Baguena ManuelCese el 28/06/2012Administrador Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
- DisoluciónPublicado 26/12/2013· Inscrito 05/12/2013· I/A 10
- ExtinciónPublicado 26/12/2013· Inscrito 05/12/2013· I/A 10
- Ceses/DimisionesPublicado 02/08/2012· Inscrito 28/06/2012· I/A 8
- NombramientosPublicado 02/08/2012· Inscrito 28/06/2012· I/A 8
Cambios
- 26/12/2013Disolución
- 26/12/2013Extinción
Cronología (BORME)
- 26/12/2013#2603140DisoluciónExtinción
DISTRIBUCIONES MANUEL BORQUE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 17/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 24/10/2013. Auto de conclusión del concurso. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE 1& INSTANCIA E INSTRUCCION DE TERUEL. Juez: JUAN JOSE CORTES… - 01/03/2013#2156317
DISTRIBUCIONES MANUEL BORQUE SL. Otros conceptos: Mediante mandamiento librado por el Juzgado de 1& Instanciae Instrucción Nº 1 de Teruel de fecha 8 de febrero de 2013 y con referencia al Concurso 17/2013, se ha dictado mandamiento por el cual se hac… - 13/02/2013#2124741
DISTRIBUCIONES MANUEL BORQUE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 17/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 15/01/2013. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE 1& INSTANCIA E INSTRUCCION DE TERUEL. Juez: JUAN… - 02/08/2012#1843810Ceses/DimisionesNombramientos
DISTRIBUCIONES MANUEL BORQUE SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: BORQUE BAGUENA MANUEL;BORQUE BAGUENA RAQUEL. Nombramientos. Adm. Unico: BORQUE BAGUENA RAQUEL. Datos registrales. T 158, L 158, F 39, S 8, H TE 1932, I/A 8 (28.06.12).
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Teruel — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso20/11/2013⚖️ TERUELProc. 87/2013BOE-B-2013-43717 ↗
Edicto Doña Susana Aquillue Sebastián, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 (Mercantil) de Teruel, por el presente, anuncio: Que en la sección I declaración concurso 0000017/2013, seguido en este órgano judicial, instado por la Procuradora Sra. María José Bernal Rubio, en nombre y representación de Distribuciones Manuel Borque, S.L. con CIF B-44148302 y domicilio en Parque Industrial de la Carretera San Blas, nave 10 de Teruel, en el cual se ha dictado auto de fecha dieciséis de octubre de 2013, del siguiente tenor literal: "Auto n.º 87/2013. Juez: Magistrado-Juez. Sr./a: Juan José Cortés Hidalgo. En Teruel a dieciséis de octubre de dos mil trece. Antecedentes de hecho Primero.-Con fecha veintinueve de mayo de dos mil trece, por la administración concursal se presentó informe ante este Juzgado poniendo en conocimiento la situación de insuficiencia de la masa activa del concursado para afrontar el pago de los créditos contra la masa. Segundo.-Puesto de manifiesto tal informe en al Oficina judicial a las partes personadas por el plazo preceptivo de quince días, por las mismas no se ha formulado oposición. Tercero.-Consta igualmente no estar en tramitación la sección de calificación ni se hallan pendientes demandas de reintegración de la masa activa o de exigencia de responsabilidad de terceros. Fundamentos de Derecho Único.-Establece al art. 176 de la Ley Concursal que "1. Procederá la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones en los siguientes casos (...) 3.º En cualquier estado del procedimiento, cuando se compruebe la insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa". Habiéndose presentado informe por la administración concursal comunicando ser la masa activa insuficiente para el pago de los créditos contra la masa, no se ha formulado oposición por las partes personadas en el plazo de quince días. Ante ello, y verificado que no es previsible el ejercicio de acciones de reintegración, de impugnación o de responsabilidad de terceros ni la calificación del concurso como culpable, y, de igual modo, no estando garantizadas las cantidades por un tercero de manera suficiente, debe procederse a acordar en virtud del precepto citado así como del art. 176 bis de la Ley Concursal, la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa activa, y el archivo definitivo de las actuaciones. Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva Acuerdo: 1. Declarar la conclusión del concurso, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. 2. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución, con devolución de toda la documentación original aportada. 3. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda. 4. Acordar la extinción de la personalidad jurídica de Distribuciones Manuel Borque, S.L. y disponer el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Modo de impugnación: Recurso de apelación, que se interpondrá ante el Tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos, sin que en ningún caso proceda actuar en sentido contrario a lo resuelto (artículo 456.2 LEC). Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano, un deposito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto en la cuenta de este expediente 4275000052001713 indicando, en el campo "concepto" la indicación "Recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "02 Civil-Apelación". En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA. Así lo acuerda y firma S.S.ª Doy fe. El/La Magistrado-Juez. El/La Secretario/a Judicial." Teruel, 16 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.