DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA
Hoja T12703· NIF B43463132
- Domicilio :
- Actividad :
- Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Tarragona, Cataluña. Su actividad declarada es «Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco» (CNAE 4639). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 23 de mayo de 2014 al 8 de febrero de 2021, repartidos en 5 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4639 · Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Millan Sola CesareoCese el 10/01/2017Administrador Único
- Garcia Sanchez Jose AntonioCese el 16/05/2014Administrador Mancomunado
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 08/02/2021· Inscrito 23/12/2020· I/A 9
- Ceses/DimisionesPublicado 18/01/2017· Inscrito 10/01/2017· I/A 8
- DisoluciónPublicado 18/01/2017· Inscrito 10/01/2017· I/A 8
- Ceses/DimisionesPublicado 23/05/2014· Inscrito 16/05/2014· I/A 7
- NombramientosPublicado 23/05/2014· Inscrito 16/05/2014· I/A 7
- Modificaciones estatutariasPublicado 23/05/2014· Inscrito 16/05/2014· I/A 7
Cambios
- 08/02/2021Extinción
- 18/01/2017Cambio de denominación social
DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA→DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 18/01/2017Disolución
- 23/05/2014Modificaciones estatutarias
Cronología (BORME)
- 08/02/2021#6246551Extinción
DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 570/2016. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/11/2020. Auto de conclusión del concurso. Cumplimiento de convenio. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE TARRAGONA. Jue… - 18/01/2017#4198442
Denominación: DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónDISCEGA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: MILLAN SOLA CESAREO. Situación concursal. Procedimiento concursal 570/2016. FIRME: No, Fecha de resolución 15/12/2016. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. … - 23/05/2014#2819390Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutarias
DISCEGA SOCIEDAD LIMITADA. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: GARCIA SANCHEZ JOSE ANTONIO;MILLAN SOLA CESAREO. Nombramientos. Adm. Unico: MILLAN SOLA CESAREO. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Administradores mancomunados…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal26/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 570/2016RPC-46483RPCConsultar en el RPC ↗
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso26/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 570/2016RPC-46482RPCConsultar en el RPC ↗
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal26/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 570/2016RPC-46484RPCConsultar en el RPC ↗
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal21/12/2020⚖️ TARRAGONAProc. 570/2016BOE-B-2020-48319 ↗
Joan Holgado Esteban, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de Tarragona Hago saber que: En el concurso numero 570/2016 se dictó un auto de fecha de 11 de noviembre de 2020 por el que se ha declarado concluso el concurso de DISCEGA, S.L., con CIF B43463132 La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art 481 TRLC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistente en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Tarragona, 11 de noviembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Holgado Esteban.
- Declaración de concurso28/12/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de TarragonaAdm.: DBOE-B-2016-67409 ↗
Edicto Don Juan Holgado Esteban, Letrado de la Adm. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso n.º 570/16-5. NIG: 4314847120168007470. Fecha del auto: 15/12/16. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: DISCEGA, S.L., con domicilio en c./ Mecánica-Illa C, parcela 8, pol. ind. La Drecera de la Selva del camp (Tarragona), CIF n.º B43463132, representada por la procuradora D.ª M.ª Jesús Muñoz Pérez. Administrador concursal: D. Vicenç Roig Alemany con email: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervención. Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la Administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE. Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse. Tarragona, 15 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Adm. Justicia.