CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA
Hoja V30516· NIF B46228300
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. El Registro Mercantil ha publicado 7 actos sobre esta sociedad, del 3 de junio de 2009 al 21 de noviembre de 2016, repartidos en 5 tipos de acto distintos.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Martinez Esteban VicenteCese el 16/08/2010Administrador Único
Cartografía de administradores
Cap table · participaciones
Persona física · desde 03/06/2009 · socio único (BORME)
Cartografía de accionistas
Titular real (UBO)
Persona física · titular real último · desde 03/06/2009
Cartografía de titular real
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 18/08/2014· Inscrito 08/08/2014· I/A 12
- Ceses/DimisionesPublicado 25/08/2010· Inscrito 16/08/2010· I/A 11
- DisoluciónPublicado 25/08/2010· Inscrito 16/08/2010· I/A 11
- RevocacionesPublicado 03/06/2009· Inscrito 25/05/2009· I/A 9
- Declaración de unipersonalidadPublicado 03/06/2009· Inscrito 25/05/2009· I/A 8
Cambios
- 18/08/2014Extinción
- 25/08/2010Cambio de denominación social
CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA→CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 25/08/2010Disolución
- 03/06/2009Declaración de unipersonalidad
MARTINEZ ESTEBAN VICENTE
Cronología (BORME)
- 21/11/2016#4117998
CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 4703, L 2013, F 122, S 8, H V 30516, I/A 12 M (14.11.16).
- 18/08/2014#2937051Extinción
CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 301/2009. Fecha de resolución 20/05/2009. Revocación de administradores concursales. Juzgado: num. 2 JUZGADO MERCANTIL DOS DE VALENCIA. Juez: FERNANDO PRESENCIA CRESPO. Admini… - 25/08/2010#856798
Denominación: CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónCURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: MARTINEZ ESTEBAN VICENTE. Situación concursal. Procedimiento concursal 301/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 18/06/2010. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado… - 12/06/2009#255163
CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 301/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/05/2009. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO MERCANTIL DOS DE VALENCIA. Juez: FERNANDO PRESENCIA C… - 03/06/2009#243959Revocaciones
CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA. Revocaciones. Apoderado: SANZ PLANELLS RICARDO. Datos registrales. T 4703, L 2013, F 122, S 8, H V 30516, I/A 9 (25.05.09).
- 03/06/2009#243958Declaración de unipersonalidad
CURVAMOBLE SOCIEDAD LIMITADA. Declaración de unipersonalidad. Socio único: MARTINEZ ESTEBAN VICENTE. Datos registrales. T 4703, L 2013, F 122, S 8, H V 30516, I/A 8 (25.05.09).
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso12/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaBOE-B-2014-25006 ↗
Edicto Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado - 000301/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Curvamoble SL, con CIF n.º B-46228300, con domicilio en la calle San Martín 50, Alacuas (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintidós de mayo de dos mil catorce por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso ( art. 178 de la LC.). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 22 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación05/07/2010⚖️ VALENCIABOE-B-2010-23756 ↗
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de proc. concursal abreviado 301/09 voluntario, de la deudora concursada "Curvamoble, S.L.", con CIF: B-46228300, con domicilio en calle San Martín, 50, Alacuás (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 18 de junio de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los Administradores o Liquidadores que serán sustituidos por el Administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE, para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la sección 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el artículo 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 18 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso06/06/2009⚖️ VALENCIA.BOE-B-2009-19275 ↗
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado 301/09, habiéndose dictado en fecha 20 de mayo de 2009 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de Curvamoble, S.L., con domicilio en calle San Martín, 50, Alacuás (Valencia) y CIF B-46228300. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de lo acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE, puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 20 de mayo de 2009.- El Secretario Judicial.