CRISTALERIA BERNAL SL

Hoja MU12690· NIF B30391502

Extinguida · 15/06/2016Murcia
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de CRISTALERIA BERNAL SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000403246044
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadMolina de Segura
Referencia registralTomo 672 · Folio 166 · Hoja MU12690
Denominaciones anteriores
CRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION2014-11-07 → 2016-05-18
EstadoLiquidada

Actividad

CRISTALERIA BERNAL SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Molina de Segura (Murcia). El Registro Mercantil ha publicado 8 actos sobre esta sociedad, del 22 de octubre de 2010 al 15 de junio de 2016, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 15/06/2016· Inscrito 08/06/2016· I/A 5
  2. Ceses/DimisionesPublicado 07/11/2014
  3. DisoluciónPublicado 07/11/2014
  4. Ceses/DimisionesPublicado 22/10/2010· Inscrito 13/10/2010· I/A 4
  5. NombramientosPublicado 22/10/2010· Inscrito 13/10/2010· I/A 4

Cambios

  1. 15/06/2016Extinción
  2. 07/11/2014Cambio de denominación social

    CRISTALERIA BERNAL SLCRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION

  3. 07/11/2014Disolución

Cronología (BORME)

  1. 15/06/2016#3901177
    Extinción
    CRISTALERIA BERNAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 294/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 22/02/2016. Auto de conclusión del concurso. Finalizacion de la fase de liquidacion. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez:
  2. 18/05/2016#3859528

    Denominación: CRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION

    CRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION. Otros conceptos: Declarado FALLIDO por la Agencia Tributaria Delegación Especial de Murcia. Datos registrales. T 672 , F 165, S 8, H MU 12690, I/A d (10.05.16).
  3. 07/11/2014#3053895

    Denominación: CRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION

    CRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 294/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 15/05/2014. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: FRANCISCO CAN
  4. 07/11/2014#3053894

    Denominación: CRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    CRISTALERIA BERNAL SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: PEDRO JOSE BERNAL VIVANCOS. Situación concursal. Procedimiento concursal 294/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 25/02/2014. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num
  5. 12/12/2013#2582293
    CRISTALERIA BERNAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 294/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 5/07/2013. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: FRANCISCO CANO MARCO. Situac
  6. 22/10/2010#917795
    Ceses/DimisionesNombramientos
    CRISTALERIA BERNAL SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: GENARO MARCOS BERNAL GOMARIZ. Nombramientos. Adm. Unico: PEDRO JOSE BERNAL VIVANCOS. Datos registrales. T 672 , F 165, S 8, H MU 12690, I/A 4 (13.10.10).

Documentos oficiales

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Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

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Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

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Información de contacto

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Dirección completaMolina de Segura, Murcia
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Murcia — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal16/03/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 294/2013

    Edicto D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el procedimiento Concurso 294/2013 de CRISTALERÍA BERNAL, S.L., con CIF B-30391502, se ha dictado el 22 de febrero de 2016 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y par que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 29 de febrero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2016-9714
  2. Declaración de concurso27/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 2013/0000

    Edicto. Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000294 /2013 y NIG 30030 47 1 2013/0000587, se ha dictado en fecha 5/7/2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor "Cristalería Bernal, S.L.", con CIF B-30391502, y domicilio social en Polígono Industrial La Serreta, c/ Paraguay, manzana 4, de Molina de Segura (Murcia). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá comunicarse a la Administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal Mercantil 1.www.oficinajudicialmurcia.es 6.º Que ha sido nombrado Administrador concursal "Dasem Concursal, S.L.P.", con CIF B-73748014, con domicilio profesional en c/ Junterotes, n.º 8, 30008 Murcia. Teléfono 968202788, fax 968202845 y email [email protected] el que en virtud del art. 30 de la Ley Concursal ha designado como persona natural que haya de representarla en el ejercicio de su cargo a don Pedro Alcázar Moreno, con DNI 23.198.947C el que ha aceptado el cargo en fecha 17/7//2013. Murcia, 17 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-29082
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