CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA
Hoja V98623· NIF B97463830
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 9 de mayo de 2013 al 1 de diciembre de 2014, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Jimenez Martinez CristobalCese el 25/09/2013Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 01/12/2014· Inscrito 24/11/2014· I/A 6
- Ceses/DimisionesPublicado 02/10/2013
- DisoluciónPublicado 02/10/2013
Cambios
- 01/12/2014Extinción
- 02/10/2013Cambio de denominación social
CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA→CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 02/10/2013Disolución
Cronología (BORME)
- 01/12/2014#3090538Extinción
CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 251/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 8/10/2014. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JACINTO… - 14/01/2014#2613491
Denominación: CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 251/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 13/11/2013. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JACI… - 02/10/2013#2473955
Denominación: CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónCRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: JIMENEZ MARTINEZ CRISTOBAL. Situación concursal. Procedimiento concursal 251/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 30/07/2013. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzga… - 09/05/2013#2266741
CRISMONTUR SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 251/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 26/03/2013. Solicitud de declaración. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JACINTO TALENS SEGUI. Situación concu…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso28/10/2014⚖️ VALENCIABOE-B-2014-37833 ↗
Edicto Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado - 000251/2013 Voluntario, de la deudora Concursada Crismontur, S.L., con CIF número B97463830, con domicilio en la calle Ramón y Cajal, número 21 - 3, Alacuás (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha ocho de octubre de dos mil catorce por el Ilustrísimo señor Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 8 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso03/05/2013⚖️ VALENCIABOE-B-2013-16687 ↗
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario número 000251/2013, habiéndose dictado en fecha veintiséis de marzo de dos mil trece por el Ilustrísimo/a Señor/a Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Crismontur, S.L. con domicilio en calle Ramón y Cajal, número 21 - 3, Alacuás (Valencia) y CIF número B97463830, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, al tomo 7.885, folio 60, hoja V-98.623. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don José Fernando Escrivá Fabra, con domicilio en la plaza de la Constitución, número 5, Alberic y correo electrónico [email protected] Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber, que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 26 de marzo de 2013.- El Secretario.