CONSTRUCCIONES HERANCE SL EN LIQUIDACION
Hoja M326528· NIF B83557553
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de CONSTRUCCIONES HERANCE SL EN LIQUIDACION
Actividad
CONSTRUCCIONES HERANCE SL EN LIQUIDACION es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Parla (Madrid). El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 7 de diciembre de 2012 al 16 de mayo de 2014, repartidos en 2 tipos de acto distintos.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Herance Camacho Jose ManuelCese el 20/01/2014Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 27/01/2014
- DisoluciónPublicado 27/01/2014
Cambios
- 27/01/2014Cambio de denominación social
CONSTRUCCIONES HERANCE SL→CONSTRUCCIONES HERANCE SL EN LIQUIDACION
- 27/01/2014Disolución
Cronología (BORME)
- 16/05/2014#2805890
CONSTRUCCIONES HERANCE SL EN LIQUIDACION. Otros conceptos: CONVERSION EN INSCRIPCION. Situación concursal. Procedimiento concursal 73/12. FIRME: Si, Fecha de resolución 9/12/2013. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE… - 27/01/2014#2637170Ceses/DimisionesDisolución
CONSTRUCCIONES HERANCE SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: HERANCE CAMACHO JOSE MANUEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 73/12. FIRME: No, Fecha de resolución 9/12/2013. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: nu… - 25/02/2013#2144431
Denominación: CONSTRUCCIONES HERANCE SL
CONSTRUCCIONES HERANCE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 73/12. Fecha de resolución 24/10/2012. Nombramiento de administradores. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: DON CARLOS NIETO DELGADO. Administrador Concursal… - 07/12/2012#2022710
Denominación: CONSTRUCCIONES HERANCE SL
CONSTRUCCIONES HERANCE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 73/12. FIRME: No, Fecha de resolución 24/10/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: DON CARLOS NIETO DELGADO. …
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Madrid — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Otro acto concursal18/02/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridBOE-B-2013-6229 ↗
Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) 1. Que el concurso Voluntario ordinario n.º 73/12 referente al deudor Construcciones Herance, S.L.U, con CIF: B-83557553 y con domicilio en la calle La Paloma n.º 33, de Parla (Madrid) CP: 28981, se ha presentado el informe de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. 2. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. El edicto se fijará en el Tablón de anuncios del Juzgado. 3. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Madrid. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. 4. Así mismo, dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la providencia, los personados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones ante este Juzgado. Madrid, 29 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal27/11/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MadridProc. 73/2012BOE-B-2012-40742 ↗
Edicto. Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario ordinario número 73/2012, por auto de 24 de octubre de 2012 se ha declarado concurso de acreedores a la mercantil Construcciones Herance, S.L.U., CIF: B-83557553, cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal don José Ángel Basurto Herrero, con domicilio en la calle Bravo Murillo, n.º 377, 3.º- GH de Madrid CP: 28020 o comunicase por correo electrónico: [email protected]. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 13 de noviembre de 2012.- Secretario Judicial.