CONSTRUCCIONES BIELSA BARREDA SL
Hoja TE1867· NIF B44146728
- Domicilio :
- Actividad :
- Construcción de edificios residenciales
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de CONSTRUCCIONES BIELSA BARREDA SL
Actividad
CONSTRUCCIONES BIELSA BARREDA SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Teruel, Aragón. Su actividad declarada es «Construcción de edificios residenciales» (CNAE 4121). El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 15 de octubre de 2014 al 29 de marzo de 2021, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4121 · Construcción de edificios residenciales
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Bielsa Montolio Juan JoseCese el 10/03/2021Administrador Único
- Bielsa Barreda AgustinCese el 22/09/2014Administrador Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 29/03/2021· Inscrito 10/03/2021· I/A 5
- NombramientosPublicado 30/11/2016· Inscrito 22/09/2014· I/A 3
- Ceses/DimisionesPublicado 15/10/2014· Inscrito 22/09/2014· I/A 3
- Modificaciones estatutariasPublicado 15/10/2014· Inscrito 22/09/2014· I/A 3
Cambios
- 29/03/2021Extinción
- 15/10/2014Modificaciones estatutarias
Cronología (BORME)
- 29/03/2021#6332895Extinción
CONSTRUCCIONES BIELSA BARREDA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 42/2020. FIRME: SI, Fecha de resolución 29/01/2020. Auto de conclusión del concurso. Finalización de fase de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E IN… - 02/10/2020#6059079
CONSTRUCCIONES BIELSA BARREDA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 42/2020. FIRME: SI, Fecha de resolución 29/01/2020. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE TER… - 30/11/2016#4133555Nombramientos
CONSTRUCCIONES BIELSA BARREDA SL. Nombramientos. Adm. Unico: BIELSA MONTOLIO JUAN JOSE. Datos registrales. T 154, L 154, F 120, S 8, H TE 1867, I/A 3 (22.09.14).
- 15/10/2014#3014267Ceses/DimisionesModificaciones estatutarias
CONSTRUCCIONES BIELSA BARREDA SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: BIELSA BARREDA AGUSTIN;BIELSA MONTOLIO JUAN JOSE. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: Artículo 14.- Del órgano de Administración. La administración y representación …
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
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Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Construcción de edificios residenciales — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Apertura de liquidación25/02/2021⚖️ TERUELProc. 42/2020BOE-B-2021-9042 ↗
Edicto Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 (Mercantil) de Teruel, por el presente, Hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección V del Concurso 42/2020 se ha dictado en fecha 19 de febrero de 2021 Auto de Conclusión de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Construcciones Bielsa Barreda, S.L.U., con CIF B-44146728, al haber concluido la fase de liquidación, quedando libres los acreedores para el ejercicio de las acciones singulares que le correspondan. 2.º-Se acuerda la aprobación de las cuentas formuladas por la Administración concursal. Teruel, 19 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración, Jara Naya Alfranca.
- Apertura de liquidación28/09/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TERUELProc. 42/2020RPC-37100RPCConsultar en el RPC ↗
Auto de apertura de la fase de liquidación
- Declaración de concurso28/09/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TERUELProc. 42/2020RPC-37099RPCConsultar en el RPC ↗
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal28/09/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TERUELProc. 42/2020RPC-37101RPCConsultar en el RPC ↗
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal28/09/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE TERUELProc. 42/2020RPC-37102RPCConsultar en el RPC ↗
Resolución sobre las facultades de administración
- Declaración de concurso20/02/2020⚖️ TERUELBOE-B-2020-7479 ↗
Edicto D.ª Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Teruel (Mercantil), por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000042/2020, se ha dictado en fecha 29 de enero de 2020 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Construcciones Bielsa Barreda, S.L., con CIF n.º B-44146728, y con domicilio social en Calle Pocico, s/n, 44410 de Mosqueruela (Teruel). 2.º Se ha acordado la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la concursada, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la LC. 3.º Habiéndose interesado la apertura de la Fase de Liquidación ex art. 142.1 de la LC, se acuerda la Apertura de la Fase de Liquidación, tramitándose conforme a lo que establecen los arts. 145 y siguientes de la LC. 4.º Concurriendo los presupuestos del art. 190.1 de la LC, se tramitará el presente concurso tomando en consideración lo prevenido para el procedimiento abreviado. 5.º Se ha nombrado administración concursal a LEXAUDIT CONCURSAL, SLP con CIF B-65697740, a través del Letrado JOAN VILELLA XAMPENY con domicilio postal en Calle Alfonso XII, n.º 4, 2.º Izquierda, 28014 de Madrid y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos 6.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al créditos, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 7.º La deudora tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado y ante la Administración Concursal cuantas veces sea requerida y asimismo tiene el deber de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso. 8.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 de la Ley Concursal). 9.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Teruel, 12 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, D.ª Jara Naya Alfranca.