CONDE LUXE ASTAR SL

Hoja M507685· NIF B73423014

Extinguida · 17/04/2017Madrid
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de CONDE LUXE ASTAR SL

NIF
Hoja registral
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadMadrid
Registro MercantilMADRID
Referencia registralTomo 28184 · Folio 135 · Hoja M507685
EstadoNo vigente

Actividad

CONDE LUXE ASTAR SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Madrid. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 16 de noviembre de 2010 al 17 de abril de 2017, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «No vigente».

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 17/04/2017· Inscrito 06/04/2017· I/A 3
  2. Modificaciones estatutariasPublicado 16/11/2010· Inscrito 04/11/2010· I/A 2
  3. Cambio de domicilio socialPublicado 16/11/2010· Inscrito 04/11/2010· I/A 2

Cambios

  1. 17/04/2017Extinción
  2. 16/11/2010Cambio de domicilio social

    C/ SERRANO 41 7º (MADRID)

  3. 16/11/2010Modificaciones estatutarias

Cronología (BORME)

  1. 17/04/2017#4337532
    Extinción
    CONDE LUXE ASTAR SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 400/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 21/03/2017. Auto de conclusión del concurso. Cumplimiento de convenio. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: CONCEPCION MONE
  2. 16/06/2011#1262957
    CONDE LUXE ASTAR SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 400/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 8/02/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: CONCEPCION MONERRI GUILLEN. Da
  3. 16/11/2010#946861
    Modificaciones estatutariasCambio de domicilio social
    CONDE LUXE ASTAR SL. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: 4. Domicilio.-. Cambio de domicilio social. C/ SERRANO 41 7º (MADRID). Datos registrales. T 28184 , F 134, S 8, H M 507685, I/A 2 ( 4.11.10).

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

Certificación de estatutos sociales

Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

Certificación de poderes

Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).

Público

Certificación de vigencia y cargos

Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

Certificación de titularidades reales

Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.

Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaC/ SERRANO 41 7º (MADRID), Madrid

Prospectar

Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Madrid — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal11/06/2011
    ⚖️ MURCIAProc. 400/2010

    Edicto D/D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia, anuncia: 1.- Que en el concurso 400/2010, referente al deudor Conde Luxe Astar, S.L., con CIF B-73423014, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC). Murcia, 2 de junio de 2011.- Secretario Judicial.

    BOE-B-2011-19596
  2. Declaración de concurso24/02/2011
    ⚖️ MURCIAProc. 400/2010

    Edicto D./Dª. Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado, con el nº sección I declaración del concurso 400/2010 se ha dictado a instancias de Conde Luxe Astar, S.L. con CIF B-73423014 en fecha 8 de febrero de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de dicho deudor, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3º.- Ha sido designado Administrador único Don Julio Parra Salinas con despacho profesional en C/ Acíscalo Díaz, nº 2, teléfono 968241658. 4º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse en la Ciudad de la Justicia- Fase I Servicio Común General, Sección 1ª Registro y Reparto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal). Murcia, 9 de febrero de 2011.- Secretario Judicial.

    BOE-B-2011-6478
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