COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA

Hoja GI12175· NIF B17391251

Extinguida · 10/10/2018Girona
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA

NIF
Hoja registral
IRUS1000209341567
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 635 · Folio 206 · Hoja GI12175
Denominaciones anteriores
COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION2012-04-23
EstadoLiquidada

Actividad

COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Girona, Cataluña. El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 18 de marzo de 2011 al 10 de octubre de 2018, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Apoderados

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 10/10/2018· Inscrito 03/10/2018· I/A 10
  2. Ceses/DimisionesPublicado 23/04/2012· Inscrito 11/04/2012· I/A 9
  3. DisoluciónPublicado 23/04/2012· Inscrito 11/04/2012· I/A 9
  4. RevocacionesPublicado 18/03/2011· Inscrito 08/03/2011· I/A 8

Cambios

  1. 10/10/2018Extinción
  2. 23/04/2012Cambio de denominación social

    COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADACOFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

  3. 23/04/2012Disolución

Cronología (BORME)

  1. 10/10/2018#5080900
    Extinción
    COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 164/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 31/07/2018. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 MERCANTIL GIRONA. Juez: RAFAEL PON
  2. 23/04/2012#1695408

    Denominación: COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: DAVID SERRA ROCA;MARIA DOLORS DEMIQUELS CARGOL. Situación concursal. Procedimiento concursal 164/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 31/01/2012. Auto de apertura de la
  3. 06/06/2011#1244789
    COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 164/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 6/04/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 MERCANTIL GIRONA. Juez: HUGO NOVALES BILBAO. Resolucione
  4. 18/03/2011#1128244
    Revocaciones
    COFUS INDUSTRIAL SOCIEDAD LIMITADA. Revocaciones. Apoderado: MARIA DOLORS DEMIQUELS CARGOL. Datos registrales. T 635 , F 205, S 8, H GI 12175, I/A 8 ( 8.03.11).

Documentos oficiales

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Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

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Público

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Público

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Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

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Información de contacto

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Dirección completaC/ VALLESPIR 11-12, GIRONA, OLOT
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Girona — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso18/04/2012
    ⚖️ GIRONA

    Edicto Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario judicial del Juzgado Mercantil número uno de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado número 164/11 se ha acordado mediante auto de esta fecha la apertura de la liquidación de oficio, de conformidad con lo prevenido en el artículo 143 de la Ley concursal el cual. La parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Declarar finalizada la fase de convenio del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Cofus industrial, sociedad limitada, con Cif B17391251 con domicilio sito en calle Vallespir, número 11-12, de la población de Olot (Girona) y abrir de oficio la fase de liquidación, en los términos previsto en el artículo 143.1.1º de la ley concursal, al no haberse presentado dentro del plazo legal ninguna propuesta de convenio. Quedando suspendida la junta de acreedores que había sido señalada para el próximo día 12 de enero de 2012, a las diez horas. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la ley concursal. Asimismo, se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley. Anúnciese por edictos la apertura de oficio de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este juzgado y se publicarán en le Boletín oficial del Estado. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Girona, haciéndole saber del cierre de la fase de convenio y la apertura de la fase de liquidación, la suspensión de las facultades de los administradores, la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, y ordenándose la anotación de las anteriores circunstancias en la hoja abierta al tomo 635, folio 197, hoja número Gi-12175 del Registro Mercantil de Girona. Entréguese en debida forma al procurador Carlos Javier Sobrino Cortés, los mandamientos y oficios correspondientes para la práctica inmediata de las anotaciones acordadas. En el plazo de Ocho días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal. Fórmese la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso.Se concede el plazo de Cinco días, de conformidad con el artículo 168 de la Ley Concursal. en relación con el 191 de la Ley concursal, a fin de que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse en la presente sección alegando por escrito lo que considere relevante para la calificación del concurso. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde la siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 197.2 de la ley concursal y 451, 452 de la ley concursal. Así lo mando y firma el Magistrado juez, don Hugo Novales Bilbao, del Juzgado Mercantil Uno de Girona; de lo que doy fe. El Magistrado. El Secretario Judicial. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el artículo 144, en relación con los artículos 23 y 24 de la ley concursal, expido el presente en Girona, 31 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2012-12757
  2. Declaración de concurso28/04/2011
    ⚖️ GIRONAProc. 164/2011

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario Abreviado número 164/2011 se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del concurso de la entidad mercantil Cofus Industrial, Sociedad Limitada, con domicilio en la calle Vallespir, número 11-12, de la población de Olot (Girona), CIF número B-17.391.251, siendo designado como Administrador Concursal al Letrado don Daniel Coll Muñoz. La entidad mercantil deudora conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representate, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias, auténticas, del título o documentos relativos al título con copia de todo ello por duplicado. El auto de declaración del concurso así como el resto de resoluciones concursales que conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, deban ser objeto de publicidad, se insertarán en el Registro Público Concursal con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se establezca, a determinar cuando entre en funcionamiento. En cumplimiento del Real Decreto 3/09, de 27 de marzo, en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al artíuclo 23.1 de la Ley concursal. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley concursal, expido el presente en, Girona, 6 de abril de 2011.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2011-14261
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