CLINICA CAPISTRANO SL

Hoja PM41276· NIF B57148744

Extinguida · 03/01/2022Illes Balears
Domicilio :
Actividad :
Otras actividades sanitarias
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de CLINICA CAPISTRANO SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000092091458
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 1916 · Folio 206 · Hoja PM41276
Denominaciones anteriores
CLINICA CAPISTRANO SL EN LIQUIDACION2021-01-21 → 2021-03-08
EstadoLiquidada

Actividad

CLINICA CAPISTRANO SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. Su actividad declarada es «Otras actividades sanitarias» (CNAE 8690). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 27 de junio de 2019 al 3 de enero de 2022, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Actividad económica (CNAE)

8690 · Otras actividades sanitarias

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

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Actos registrados

  1. RevocacionesPublicado 03/01/2022· Inscrito 27/12/2021· I/A 9
  2. ExtinciónPublicado 03/01/2022· Inscrito 27/12/2021· I/A 9
  3. Ceses/DimisionesPublicado 21/01/2021· Inscrito 14/01/2021· I/A 7
  4. DisoluciónPublicado 21/01/2021· Inscrito 14/01/2021· I/A 7

Cambios

  1. 03/01/2022Extinción
  2. 21/01/2021Cambio de denominación social

    CLINICA CAPISTRANO SLCLINICA CAPISTRANO SL EN LIQUIDACION

  3. 21/01/2021Disolución

Cronología (BORME)

  1. 03/01/2022#10551018
    RevocacionesExtinción
    CLINICA CAPISTRANO SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Revocaciones. Apoderado: VAZQUEZ ROEL JOSE MARIA. Situación concursal. Procedimiento concursal 105/2019. FIRME: Si, Fecha de resolución 23/11/2021. Auto de conclusión del concurso. Finalizacion de la fas
  2. 08/03/2021#6295077

    Denominación: CLINICA CAPISTRANO SL EN LIQUIDACION

    CLINICA CAPISTRANO SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 105/2019. FIRME: Si, Fecha de resolución 3/07/2020. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 
  3. 21/01/2021#6213826

    Denominación: CLINICA CAPISTRANO SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    CLINICA CAPISTRANO SL EN LIQUIDACION(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: VAZQUEZ ROEL JOSE MARIA. Situación concursal. Procedimiento concursal 105/2019. FIRME: Si, Fecha de resolución 24/02/2020. Auto de apertura de la fase de liqu
  4. 27/06/2019#5467663
    CLINICA CAPISTRANO SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 105/2019. FIRME: Si, Fecha de resolución 12/03/2019. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE PALMA. J

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Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaC/ Miguel Rosselló Alemany, nº 46, MALLORCA, PALMA, Illes Balears
Otros sitios asociadosReservado para usuarios registrados
Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
HorarioReservado para usuarios registrados

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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Otras actividades sanitarias — están listadas juntas.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso28/12/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 105/2019
    Juez: ANGELA SANZ RUBIOConcurso: Consecutivo

    AUTO DECLARACIÓN Y CONCLUSIÓN POR INSUFICIENCIA DE BIENES

    RPC-72132RPCConsultar en el RPC ↗
  2. Otro acto concursal15/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 105/2019
    Juez: MARGARITA ISABEL POVEDA BERNALConcurso: VoluntarioConclusión: pago a los acreedores

    DECLARA LA CONCLUSION DEL CONCURSO

    RPC-72133RPCConsultar en el RPC ↗
  3. Otro acto concursal15/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PALMA Proc. 105/2019
    Juez: ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAConcurso: VoluntarioConclusión: insuficiencia de la masa activa

    VER EDICTO ADJUNTO

    RPC-72134RPCConsultar en el RPC ↗
  4. Declaración de concurso12/04/2019
    ⚖️ PALMA DE MALLORCA

    Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 0000105 /2019 y NIG 07040 47 1 2019 0000204, se ha dictado en 12 de marzo de 2019 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Clínica Capistrano, S.L., con CIF B57148744, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Miquel Rosselló Alemany número 46. 07015 de Palma de Mallorca. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición. Se ha designado, como Administración concursal a Pablo Ferrándiz Avendaño, DNI 46348348J, con domicilio postal en Travesera de Gracia números 17-21, 3.º 3ª, 08021 Barcelona y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 13 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.

    BOE-B-2019-16042
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