CENTROS DE DIA VITAPLUS SL
Hoja M507484· NIF B86062072
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Capital social :
- 3 200,00 €
- Constitución :
- 16/11/2010
Información jurídica
Información jurídica de CENTROS DE DIA VITAPLUS SL
Actividad
CENTROS DE DIA VITAPLUS SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Madrid. Se constituyó el 16 de noviembre de 2010. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 16 de noviembre de 2010 al 16 de diciembre de 2015, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Su capital social inscrito asciende a 3 200,00 €. Figura en el registro como «Baja».
Objeto social
LA PRESTACION DE SERVICIOS SOCIOSANITARIOS POR MEDIO DE LA GESTION DE CENTROS PROPIOS Y AJENOS, TANTO DE CARACTER PRIVADO COMO PUBLICO, RESIDENCIAS, CENTROS DE DIA, HOSPITAL DE DIA,.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Huerta Banovio Roberto-PabloCese el 09/12/2015Administrador Mancomunado
- SAÑUDO CASTAGNOLA RAFAELCese el 09/12/2015Administrador Mancomunado
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 16/12/2015· Inscrito 09/12/2015· I/A 2
- ExtinciónPublicado 16/12/2015· Inscrito 09/12/2015· I/A 2
- ConstituciónPublicado 16/11/2010· Inscrito 02/11/2010· I/A 1
- NombramientosPublicado 16/11/2010· Inscrito 02/11/2010· I/A 1
Cambios
- 16/12/2015Extinción
Capital · eventos
- 16/11/2010ConstituciónCapital inicial: 3 200,00 €
Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.
Cronología (BORME)
- 16/12/2015#3635350Ceses/DimisionesExtinción
CENTROS DE DIA VITAPLUS SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: HUERTA BANOVIO ROBERTO-PABLO;SAÑUDO CASTAGNOLA RAFAEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 196/2015. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/03/2015. Auto de declaración de concurso. Volu… - 16/11/2010#946448ConstituciónNombramientos
CENTROS DE DIA VITAPLUS SL. Constitución. Comienzo de operaciones: 25.10.10. Objeto social: LA PRESTACION DE SERVICIOS SOCIOSANITARIOS POR MEDIO DE LA GESTION DE CENTROS PROPIOS Y AJENOS, TANTO DE CARACTER PRIVADO COMO PUBLICO, RESIDENCIAS, CENTROS D…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público· Constitución 2010
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
Documentos oficiales del Registro Mercantil de España · entrega en PDF. Precio según arancel, te enviamos presupuesto tras la solicitud.
Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Madrid — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso04/04/2015⚖️ MADRIDProc. 196/2015BOE-B-2015-10337 ↗
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 196/2015, por auto de once de marzo de 2015, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Centros de Día Vitaplus, S.L., con CIF B-86062072, y con domicilio social en calle Sánchez Pacheco, número 39, de Madrid. 2.º Que la mercantil Centros de Día Vitaplus, S.L. conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. 3.º Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la Conclusión del Concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del articulo 176.bis L.Co. 4.º Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado. 5.º Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. 6.º Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 11 de marzo de 2015.- Las Secretaria Judicial.