CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA
Hoja V29136· NIF B46634614
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. El Registro Mercantil ha publicado 5 actos sobre esta sociedad, del 16 de agosto de 2013 al 15 de enero de 2019, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Perez Sanchez Maria IsabelCese el 04/08/2014Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 15/01/2019· Inscrito 08/01/2019· I/A 14
- Ceses/DimisionesPublicado 11/08/2014
- DisoluciónPublicado 11/08/2014
Cambios
- 15/01/2019Extinción
- 11/08/2014Cambio de denominación social
CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA→CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 11/08/2014Disolución
Cronología (BORME)
- 15/01/2019#5204879Extinción
CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 000768/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 14/12/2018. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JACINTO… - 28/04/2015#3301516
Denominación: CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 000768/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 9/03/2015. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JACINT… - 11/08/2014#2929712
Denominación: CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónCEJUSA SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: PEREZ SANCHEZ MARIA ISABEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 000768/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 2/07/2014. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado… - 16/08/2013#2416953
CEJUSA SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 000768/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/07/2013. Solicitud de declaración. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE VALENCIA. Juez: JACINTO TALENS SEGUI. Situación concurs…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Valencia — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso22/12/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil num.2 de ValenciaBOE-B-2018-60499 ↗
Jorge Victor Iglesias de Baya Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num.2 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado 000768/2013 Voluntario, de la deudora Concursada CEJUSA,S.L con CIF n.º B46634614, con domicilio en la Avenida Industria, n.º 66 (Polígono Industrial El Melero ), Utiel en cuyo seno se ha dictado auto de fecha catorce de diciembre de dos mil dieciocho por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 14 de diciembre de 2018.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Jorge Victor Iglesias de Baya.
- Declaración de concurso29/07/2013⚖️ VALENCIAProc. 768/2013BOE-B-2013-29365 ↗
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario número 768/2013 habiéndose dictado en fecha 4 de julio de 2013 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Cejusa, S.L., con domicilio en Avenida Industria, número 66 (Polígono Industrial El Melero), Utiel y CIF n.º B46634614, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 2595, libro 947, folio 44, sección 4ª, hoja 17055. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a don Ignacio Alamar Llinas con domicilio en la calle Cirilo Amorós, 76, Valencia y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expidiéndose el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar los créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos del articulo 85 Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 4 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.