CATHEDRA EDIFICIOS SL
Hoja V66921· NIF B96879002
- Domicilio :
- Actividad :
- Promoción inmobiliaria
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de CATHEDRA EDIFICIOS SL
Actividad
CATHEDRA EDIFICIOS SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valencia, Comunitat Valenciana. Su actividad declarada es «Promoción inmobiliaria» (CNAE 4110). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 13 de septiembre de 2013 al 14 de junio de 2019, repartidos en 5 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».
Actividad económica (CNAE)
4110 · Promoción inmobiliaria
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Hernandez Arguijo JoseCese el 06/06/2019Liquidador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 14/06/2019Cambio de denominación social
CATHEDRA EDIFICIOS SL EN LIQUIDACION→CATHEDRA EDIFICIOS SL
- 14/06/2019Extinción
- 13/09/2013Disolución
- 13/09/2013Modificaciones estatutarias
Cronología (BORME)
- 14/06/2019#5448732Ceses/DimisionesExtinción
CATHEDRA EDIFICIOS SL. Ceses/Dimisiones. LiqUnico: HERNANDEZ ARGUIJO JOSE. Situación concursal. Procedimiento concursal 000008/2019. FIRME: Si, Fecha de resolución 7/02/2019. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO … - 13/09/2013#2450488
Denominación: CATHEDRA EDIFICIOS SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutariasDisoluciónCATHEDRA EDIFICIOS SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: HERNANDEZ ARGUIJO JOSE. Nombramientos. LiqUnico: HERNANDEZ ARGUIJO JOSE. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Liquidador Unico. Dis…
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Justicia · concursos
- Declaración de concurso26/02/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso voluntarioProc. 00008/2019BOE-B-2019-8197 ↗
Don José Victor Sanz Gordón, Letrado Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de VALENCIA, por el presente, HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 00008/2019 habiéndose dictado en fecha 07/02/2019 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 3 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: DISPONGO Que debo acordar y acuerdo DECLARAR EN ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO a la entidad Cathedra Edificios en Liquidación, S.L., CUYO DATOS SON: CIF B-96879002, domiciliada en calle Salvador Ricart, 14, Albal-46470 Valencia, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al tomo 6391, sección 8, folio 204, hoja V-66921. y la CONCLUSIÓN DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA con la que atender el pago de los créditos contra la masa. Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral. Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia. Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de Internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos. Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley, la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor. Notifíquese esta resolución al deudor. Contra este auto cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (art. 176 bis apart. 4 LC). Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe Valencia, 8 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Victor Sanz Gordón.