ASYCEM SL

Hoja MU9064· NIF B30202097

ConcursoMurcia
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)
Administrador :
Ana Maria Gonzalez Cubero

Información jurídica

Información jurídica de ASYCEM SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000130722436
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadMurcia
EstadoConcurso

Actividad

ASYCEM SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Murcia. El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, del 21 de diciembre de 2011 al 23 de octubre de 2017, repartidos en 2 tipos de acto distintos.

Directivos y representantes

Administradores

Actuales

Cartografía de administradores

2 nodos Persona Sociedad
ASYCEM SLAna Maria Gonzalez CuberoAna Maria Gonzalez C…

Actos registrados

Cronología (BORME)

  1. 23/10/2017#4585953
    Cierre provisional hoja registral
    ASYCEM SL. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 480 , F 54, S 8, H MU 9064, I/A b (16.10.17).
  2. 21/12/2011#1512417
    Situación concursal
    ASYCEM SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 303/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 26/09/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MURCIA. Juez: MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIA. Situ…

Documentos oficiales

Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.

Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

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Público

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Público

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Público

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Informe de riesgo comercial de la sociedad.

Público

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Información de contacto

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Dirección completacalle Derechos humanos, 4, 1ºC, MURCIA
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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Murcia — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso06/02/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 303/2011

    D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Que en el procedimiento Concurso Abreviado 303/2011 del deudor ASYCEM, S.L., con CIF B-30202097, se ha dictado el 22 de diciembre de 2016 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento con el siguiente literal; Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores ASYCEM, S.L. así como la extinción de su personalidad jurídica. Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC. Lo acuerda y firma D.ª M.ª DOLORES DE LAS HERAS GARCÍA, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, doy fe. Murcia, 20 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-7066 ↗
  2. Declaración de concurso19/10/2011
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL N. 1 de MURCIAProc. 303/2011

    D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del JUZGADO DE LO MERCANTIL N. 1 de MURCIA, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 303/2011 se ha dictado a instancias de ASYCEM, S.L. en fecha 26-09-2.011 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO Voluntario del deudor ASYCEM, S.L., con CIF B-30202097 cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/. Derechos Humanos 4, 1º C de Murcia. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal) Murcia, 5 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2011-33515 ↗
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