ARTURO SORIA MOTOR SAL

Hoja M133174· NIF A80905656

Extinguida · 26/03/2018Madrid
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Anónima Laboral (SAL)

Información jurídica

Información jurídica de ARTURO SORIA MOTOR SAL

NIF
Hoja registral
IRUS1000253360765
Forma jurídicaSociedad Anónima Laboral (SAL)
Referencia registralTomo 12532 · Folio 210 · Hoja M133174
Denominaciones anteriores
ARTURO SORIA MOTOR SAL EN LIQUIDACION2015-02-06 → 2015-02-10
EstadoLiquidada

Actividad

ARTURO SORIA MOTOR SAL es una Sociedad Anónima Laboral (SAL) con domicilio social en Madrid. El Registro Mercantil ha publicado 8 actos sobre esta sociedad, del 15 de abril de 2009 al 26 de marzo de 2018, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 26/03/2018· Inscrito 19/03/2018· I/A 12
  2. Ceses/DimisionesPublicado 06/02/2015· Inscrito 28/01/2015· I/A 10
  3. DisoluciónPublicado 06/02/2015· Inscrito 28/01/2015· I/A 10
  4. Ceses/DimisionesPublicado 15/04/2009· Inscrito 02/04/2009· I/A 8
  5. NombramientosPublicado 15/04/2009· Inscrito 02/04/2009· I/A 8

Cambios

  1. 26/03/2018Extinción
  2. 06/02/2015Cambio de denominación social

    ARTURO SORIA MOTOR SALARTURO SORIA MOTOR SAL EN LIQUIDACION

  3. 06/02/2015Disolución

Cronología (BORME)

  1. 26/03/2018#4811681
    Extinción
    ARTURO SORIA MOTOR SAL. Situación concursal. Procedimiento concursal 193/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 5/02/2018. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 12 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: ANA M
  2. 10/02/2015#3184300

    Denominación: ARTURO SORIA MOTOR SAL EN LIQUIDACION

    ARTURO SORIA MOTOR SAL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 193/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 17/02/0014. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 12 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: ANA MARIA G
  3. 06/02/2015#3179788

    Denominación: ARTURO SORIA MOTOR SAL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    ARTURO SORIA MOTOR SAL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Consejero: MASA HERNANDEZ ROGELIO. Presidente: MASA HERNANDEZ ROGELIO. Cons.Del.Sol: MASA HERNANDEZ ROGELIO. Consejero: JUAREZ BARROSO JOAQUIN. Secretario: JUAREZ BARROSO JOAQUIN. Cons.Del.Sol:
  4. 24/07/2013#2383938
    ARTURO SORIA MOTOR SAL. Situación concursal. Procedimiento concursal 193/2013. Fecha de resolución 23/04/2013. Nombramiento de administradores. Juzgado: num. 12 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: ANA MARIA GALLEGO SANCHEZ. Administrador Concurs
  5. 29/05/2013#2298462
    ARTURO SORIA MOTOR SAL. Situación concursal. Procedimiento concursal 193/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 23/04/2013. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 12 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: ANA MARIA GALLEGO SANCHEZ
  6. 15/04/2009#169521
    Ceses/DimisionesNombramientos
    ARTURO SORIA MOTOR SAL. Ceses/Dimisiones. Consejero: GONZALEZ FERNANDEZ ISIDORO. Presidente: GONZALEZ FERNANDEZ ISIDORO. Consejero: AYALA ARAUJO MARIANO. Vicesecret.: AYALA ARAUJO MARIANO. Consejero: MASA HERNANDEZ ROGELIO. Secretario: MASA HERNANDEZ

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Justicia · concursos

  1. Otro acto concursal02/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 12 de MadridProc. 193/2013

    Edicto Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 193/2013 referente al deudor Arturo Soria Motor, S.A.L., con CIF A-80905656, con domicilio social en Calle Ulises n. º 106-108, Madrid, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para los acreedores personados, el plazo computará desde la notificación a que se refiere el artículo 96.2 de la LC. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 18 de junio de 2013.- El/La Secretario Judicial.

    BOE-B-2013-25350
  2. Apertura de liquidación15/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 193/2013

    Edicto D. Pedro Juan Enseñat García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid. Anuncia: Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado número 193/2013 referente al deudor Arturo Soria Motor, S.A.L., con CIF A-80905656, se ha dictado auto de fecha 4 de junio de 2013, cuya parte dispositiva es como sigue: Acuerdo: 1.- Continuar con la tramitación de la fase común del procedimiento. 2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección Quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.- Que queden, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.- Declarar la disolución de Arturo Soria Motor, S.A.L., y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal. 6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC, o bien, que presente dicho plan junto al Informe de la Administración Concursal previsto en el artículo 74 de la LC. 8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, previa constitución del depósito correspondiente y, en su caso, de la liquidación de la tasa judicial. Madrid, 4 de junio de 2013.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2013-23090
  3. Otro acto concursal07/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 193/2013

    Edicto D. Pedro Juan Enseñat García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 193/2013, por auto de fecha 23 de abril de 2013, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Arturo Soria Motor, S.A.L., con CIF A-80905656, con domicilio social en calle Ulises, n.º 106-108, Madrid, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Lugar para tal comunicación: 1.- por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de Arturo Soria Motor, S.A.L.": Paseo de La Habana, 21, bjs 2, 28036 Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2013-17121
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