ARCA DEL PALADAR SL
Hoja PM35081· NIF B57009318
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de ARCA DEL PALADAR SL
Actividad
ARCA DEL PALADAR SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Illes Balears. El Registro Mercantil ha publicado 3 actos sobre esta sociedad, del 10 de abril de 2012 al 11 de noviembre de 2016.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Ripoll Estrades AntonioCese el 02/11/2016Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 11/11/2016· Inscrito 02/11/2016· I/A 3
Cronología (BORME)
- 11/11/2016#4099641Ceses/Dimisiones
ARCA DEL PALADAR SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: RIPOLL ESTRADES ANTONIO. Situación concursal. Procedimiento concursal 580/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 23/09/2015. Sentencia de calificación del concurso. Culpable. Ju… - 30/07/2013#2391347
ARCA DEL PALADAR SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 1737 , F 45, S 8, H PM 35081, I/A Nota B (23.07.13).
- 10/04/2012#1676640
ARCA DEL PALADAR SL(R.M. PALMA DE MALLORCA). Situación concursal. Procedimiento concursal 580/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 23/02/2012. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE PALMA DE MALLORCA. J…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Illes Balears — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso10/03/2012⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 580/2011BOE-B-2012-8010 ↗
Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 580/2011-C (NIG n.º 07040 47 1 2011/0001010) se ha dictado en fecha 23/02/2012, auto de declaración de concurso necesario abreviado del deudor Arca del Paladar, S.L., con CIF B57009318 y con domicilio en C/ Miguel Arcas, n.º 2 (Palma). 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del declarado en concurso, que serán sustituidas por la administración concursal. 3º.- Se ha nombrado administrador concursal a Don Damián Mercadal Vadell, Letrado, con domicilio profesional en c/ Lorenzo Vicens, n.º 1, 1.º (Palma) C.P. 07002 y dirección de correo electrónico [email protected] 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. 5º.- Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 7 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.