ANFREMA SOCIEDAD LIMITADA

Hoja GC4874· NIF B35094663

Extinguida · 21/08/2019Las Palmas
Domicilio :
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de ANFREMA SOCIEDAD LIMITADA

NIF
Hoja registral
IRUS1000057093162
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 936 · Folio 97 · Hoja GC4874
EstadoLiquidada

Actividad

ANFREMA SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Las Palmas, Canarias. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 26 de enero de 2009 al 21 de agosto de 2019, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

2 nodos Persona Sociedad
ANFREMA SOCIEDAD LIMI…Guedes Mesa Josefa Maria CarmenGuedes Mesa Josefa M…

Actos registrados

  1. ExtinciónPublicado 21/08/2019· Inscrito 12/08/2019· I/A 5
  2. Ceses/DimisionesPublicado 26/01/2009· Inscrito 13/01/2009· I/A 3
  3. NombramientosPublicado 26/01/2009· Inscrito 13/01/2009· I/A 3

Cambios

  1. 21/08/2019Extinción

Cronología (BORME)

  1. 21/08/2019#5553020
    Extinción
    ANFREMA SOCIEDAD LIMITADA(R.M. LAS PALMAS). Situación concursal. Procedimiento concursal 48/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 12/03/2018. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUM
  2. 16/11/2012#1986815
    ANFREMA SOCIEDAD LIMITADA(R.M. LAS PALMAS). Situación concursal. Procedimiento concursal 48/2012. FIRME: Si, Fecha de resolución 8/10/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO MERCANTIL. Juez: ANTONIO CARLOS MARTINEZ 
  3. 26/01/2009#32396
    Ceses/DimisionesNombramientos
    ANFREMA SOCIEDAD LIMITADA(R.M. LAS PALMAS). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: HERRERA TRUJILLO ANDRES. Nombramientos. Adm. Unico: GUEDES MESA JOSEFA MARIA CARMEN. Datos registrales. T 936 , F 96, S 8, H GC 4874, I/A 3 (13.01.09).

Documentos oficiales

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Nota informativa mercantil

Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.

Público

Depósito de cuentas

Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.

Público

Certificación de estatutos sociales

Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.

Público

Certificación de poderes

Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).

Público

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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.

Público

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Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)

Informe sobre la posición de riesgo

Informe de riesgo comercial de la sociedad.

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Información de contacto

Sitios webReservado para usuarios registrados
TeléfonoReservado para usuarios registrados
Correo electrónicoReservado para usuarios registrados
Redes sociales
Dirección completaRafael Massieu, 75-77, Castillo del Romeral, LAS PALMAS, SAN BARTOLOME DE TIRAJANA
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Direcciones publicadasReservado para usuarios registrados
HorarioReservado para usuarios registrados

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Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Las Palmas — están listadas juntas, con su dirección.

Justicia · concursos

  1. Apertura de liquidación22/03/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 48/2012

    EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal nº 48/2012, seguido a instancias del Procurador Don José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de ANFREMA, S.L., se ha dictado Auto el día 12 de marzo de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil ANFREMA, S.L. con C.I.F. B-35094663 por inexistencia de bienes (176 BIS LC), declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: -cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica ANFREMA, S.L. y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme, que sera entregado al procurador instante para su diligenciado y gestión. La concursada se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 936 de Sociedades, folio 88, hoja GC 4874, inscripción 1ª. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del procurador actor. Se procede a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal. Requiérase a la AC para que en el plazo de 15 días aporte la rendición de cuentas, la misma deberá contener el siguiente contenido mínimo CON CARACTER OBLIGATORIO: En caso de que no se hayan pagado todos los créditos contra la masa, relación de créditos contra la masa pagados y pendientes de pago, concepto, importe de cada uno, fecha de vencimiento y, en su caso, fecha de pago. Detalle de los movimientos de tesorería, con especificación de todos los cobros y pagos efectuados y concepto de cada uno, tanto por medio de operaciones en entidades financieras como, en su caso, en efectivo. Libro diario con todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa desde la aceptación del cargo o, en caso de que no fuere posible por causa no imputable al administrador concursal, desde la apertura de la fase de liquidación. Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LC). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal. Las Palmas de Gran Canaria, 19 de marzo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2018-18064
  2. Apertura de liquidación16/09/2014
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 48/2012

    Edicto Cédula de notificación Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal n.º 48/2012, seguido a instancia del Procurador D. José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de la entidad mercantil ANFREMA, S.L. con CIF B35094663 se ha dictado Auto de fecha 31 de julio de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y el cierre de la fase común. De la presente resolución dese la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley. Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 1 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

    BOE-B-2014-31950
  3. Declaración de concurso30/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 048/2012

    Edicto Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 048/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de la entidad Anfrema, S.L. y CIF n.º B-35094663, se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores y Propuesta de Plan de Liquidación. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 18 de enero de 2013.- Secretaria judicial.

    BOE-B-2013-3511
  4. Declaración de concurso24/10/2012
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 48/2012

    Doña Victoria Basanta Eiras, Secretarioa Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 48/2012, seguido a instancias del Procurador don José Luis Ojeda Delgado, en nombre y representación de Anfrema, S.L., se ha dictado Auto el día 8 de octubre de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de la mercantil Anfrema, S.L., con CIF n.º B-35094663 el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado. Se designan como Administradores del concurso a la sociedad A&G Asesores Tributarios y Mercantiles Sociedad Civil Profesional con C.I.F. J-76035567 que informa que la persona natural que representará a la sociedad es don Enrique Luis Guerra Suárez, letrado, con D.N.I. 42.796.851-S para desempeñar el cargo de Administrador concursal por quien se hace saber que no está incurso en ningún supuesto de incapacidad, incompatibilidad o prohibición para el desempeño del cargo, señalando que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en Calle Perdomo, n.º 7, teléfono 928431590, fax 928431435, correo electrónico [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad[p14]. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 10 de octubre de 2012.- Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-35955
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