ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL
Hoja AS28490· NIF B74062456
- Domicilio :
- Actividad :
- Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
Información jurídica
Información jurídica de ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL
Actividad
ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Valdés (Asturias). Su actividad declarada es «Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.» (CNAE 4399). El Registro Mercantil ha publicado 6 actos sobre esta sociedad, del 11 de diciembre de 2015 al 8 de octubre de 2026, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Baja».
Actividad económica (CNAE)
4399 · Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Gomez Piñeiro CarlosCese el 19/10/2017Administrador Solidario
- Tartiere Reiber CatalinaCese el 19/10/2017Administrador Solidario
Cartografía de administradores
Actos registrados
Cambios
- 08/10/2026Extinción
- 27/10/2017Cambio de denominación social
ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL→ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL EN LIQUIDACION
- 27/10/2017Disolución
Cronología (BORME)
- 08/10/2026#11623804Situación concursalExtinción
ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 210/2013. FIRME: SI, Fecha de resolución 09/02/2016. Auto de conclusión del concurso. Pago a los acreedores. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE OVIEDO. Juez: … - 27/10/2017#4597379
Denominación: ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: GOMEZ PIÑEIRO CARLOS;TARTIERE REIBER CATALINA. Situación concursal. Procedimiento concursal 210/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 9/02/2016. Auto de apertura de l… - 27/01/2016#3683469Situación concursal
ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 210/2013. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/03/2015. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE OVIEDO. Juez: ALFONSO MUÑO… - 11/12/2015#3628336Situación concursal
ALTAMAR EDIFICACIONES DE OCCIDENTE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 210/2013. FIRME: No, Fecha de resolución 4/03/2014. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE OVIEDO. Juez: ALFONSO MUÑO…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
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Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
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Informe sobre la posición de riesgo
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Información de contacto
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Otras actividades de construcción especializada n.c.o.p. — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso18/09/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE OVIEDO N.º 1Proc. 210/2013RPC-767306RPCConsultar en el RPC ↗Juez: BEGOÑA DIAZ MORISConclusión: inexistencia de bienes
se acuerda la conclusion del concurso, la aprobacion de la rendicion de cuentas presentada por la administracion concursal y el cese de la administracion concursal
- Conclusión del concurso24/06/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE OVIEDO N.º 1Proc. 210/2013RPC-739724RPCConsultar en el RPC ↗Juez: BEGOÑA DIAZ MORISConclusión: pago a los acreedores
se acuerda poner de manifiesto el informe final y rendicion de cuentas del administrador y se conceden 15 dias a los acreedores para observaciones y propuestas modificacion
- Otro acto concursal23/06/2014⚖️ OVIEDOBOE-B-2014-22385 ↗
Edicto Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal n.º 210/13, (NIG 33044 47 1 2013 0000453) relativo al deudor Altamar Edificaciones de Occidente, S.L., con CIF: B-74062456, en el cual, con fecha 5 de junio de 2014 se ha dictado Providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. A efectos de impugnación del inventario de bienes y derechos, en caso de existir discrepancias entre el presentado al amparo del artículo 191.1 de la LC y el que eventualmente pueda acompañarse con el conjunto del informe provisional, se informa que el inventario susceptible de impugnación será el que forma parte del informe. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento se computará desde la última publicación de este edicto que se ha acordado realizar en el BOE, y en el Tablón de Anuncios del Juzgado. Oviedo, 5 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal29/03/2014⚖️ OVIEDOBOE-B-2014-11234 ↗
Edicto. Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 210/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000453) se ha dictado en fecha 4 de marzo de 2014 Auto Declarando en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Altamar Edificaciones de Occidente, S.L., con CIF: B-74062456, y con domicilio en calle Uría, n.º 2, Luarca - Valdés. 2º.- Se ha nombrado como Administrador Concursal a la abogada doña Dolores Gil Madrera, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Marqués de Pidal, n.º 6 - 3.º C, 33004, Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: [email protected], pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado. El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: mañanas, de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 horas, y tardes de lunes a jueves de 16:30 a 19:30 horas. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal. 3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad. Oviedo, 13 de marzo de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.