ACUIHOPE SL EN LIQUIDACION
Hoja IP1585· NIF B38645818
- Domicilio :
- Actividad :
- Acuicultura marina
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Administradores :
- Alonso Alvarez Mario Rafael, Diaz Gonzalez Francisco Javier, Gonzalez Garcia Diego
Información jurídica
Información jurídica de ACUIHOPE SL EN LIQUIDACION
Actividad
ACUIHOPE SL EN LIQUIDACION es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Santa Cruz de Tenerife, Canarias. Su actividad declarada es «Acuicultura marina» (CNAE 0321). El Registro Mercantil ha publicado 7 actos sobre esta sociedad, del 10 de agosto de 2010 al 27 de enero de 2014, repartidos en 3 tipos de acto distintos.
Actividad económica (CNAE)
0321 · Acuicultura marina
Directivos y representantes
Administradores
Actuales
- Alonso Alvarez Mario RafaelDesde el 27/01/2014LIQ.CONC.Liquidador Concursal
- Diaz Gonzalez Francisco JavierDesde el 27/01/2014LIQ.CONC.Liquidador Concursal
- Gonzalez Garcia DiegoLiquidador Concursal
Antiguos
- REPALSCAN SLCese el 14/01/2014Administrador Único
- Valido Bello NayraCese el 08/08/2011Administrador Único
Cartografía de administradores
Actos registrados
- Ceses/DimisionesPublicado 27/01/2014· Inscrito 14/01/2014· I/A 12
- NombramientosPublicado 27/01/2014· Inscrito 14/01/2014· I/A 12
- DisoluciónPublicado 27/01/2014· Inscrito 14/01/2014· I/A 12
- Ceses/DimisionesPublicado 24/08/2011· Inscrito 08/08/2011· I/A 10
- NombramientosPublicado 24/08/2011· Inscrito 08/08/2011· I/A 10
Cambios
- 27/01/2014Cambio de denominación social
ACUIHOPE SL→ACUIHOPE SL EN LIQUIDACION
- 27/01/2014Disolución
Cronología (BORME)
- 27/01/2014#2637679Ceses/DimisionesNombramientosDisolución
ACUIHOPE SL EN LIQUIDACION(R.M. SANTA CRUZ DE LA PALMA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: REPALSCAN SL. Nombramientos. LIQ.CONC.: DIAZ GONZALEZ FRANCISCO JAVIER;ALONSO ALVAREZ MARIO RAFAEL;GONZALEZ GARCIA DIEGO Situación concursal. Procedimiento concurs… - 27/01/2014#2637678
ACUIHOPE SL EN LIQUIDACION(R.M. SANTA CRUZ DE LA PALMA). Situación concursal. Procedimiento concursal 0000020/2008. FIRME: Si, Fecha de resolución 13/11/2008. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL SANTA CRUZ D… - 24/08/2011#1354468
Denominación: ACUIHOPE SL
Ceses/DimisionesNombramientosACUIHOPE SL(R.M. SANTA CRUZ DE LA PALMA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: VALIDO BELLO NAYRA. Nombramientos. Adm. Unico: REPALSCAN SL. Datos registrales. T 61 , F 146, S 8, H IP 1585, I/A 10 ( 8.08.11).
- 10/08/2010#839899
Denominación: ACUIHOPE SL
ACUIHOPE SL(R.M. SANTA CRUZ DE LA PALMA). Situación concursal. Procedimiento concursal 0000020/2008. Fecha de resolución 13/11/2008. Nombramiento de administradores. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL SANTA CRUZ DE TENERIFE. Juez: MARIA OLGA MARTIN AL…
Documentos oficiales
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Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público
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Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
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Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
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Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
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Información de contacto
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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Acuicultura marina — están listadas juntas.
Justicia · concursos
- Declaración de concurso13/01/2012⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 01/2012BOE-B-2012-1100 ↗
Edicto D/ña. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal número 0000020/2008, seguido en virtud de la declaración de concurso de Acuihope, S.L. CIF B38645818, se ha dictado auto de fecha 2 de diciembre de 2011 por la Ilma. Magistrada-Juez, Doña Ana Fernández de Arranz cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se declara la Finalización de la Fase común del concurso y la Apertura de la Fase de convenio. Se convoca a los acreedores de la lista del informe de la Administración Concursal a la Junta que tendrá lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día 30/01/2012, a las 10 horas. Fórmese la sección quinta, que comprenderá todo lo relativo a la fase de convenio. Y para que sirva de notificación y citación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita, de conformidad con la nueva redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 de 27 de marzo, en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico "El Día", extiendo y firmo el presente. Santa Cruz de Tenerife, 2 de diciembre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso13/07/2009⚖️ SANTA CRUZ DE TENERIFE.Proc. 3/2009BOE-B-2009-23988 ↗
Edicto. Don Alfonso Núñez Gómez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, Hago saber: Que en procedimiento de Concurso Ordinario 20/08 de la Entidad "Acuihope, Sociedad Limitada", se ha dictado Auto de fecha 13 de noviembre de 2008, cuyos puntos principales de la parte dispositiva son del tenor literal siguiente: "...parte dispositiva 2.º Segundo.-2.º Declarar en situación legal de Concurso Voluntario Ordinario a la Sociedad "Acuihope, Sociedad Limitada.", de nacionalidad española, Código de Identificación Fiscal: B-38645818, con domicilio en Los Llanos de Aridane, La Palma, Avenida Carlos Francisco Lorenzo Navaro, número 40, 1.º B, Código Postal 38760, inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de la Palma, al fólio 71 del Tomo 36, sección 8.ª, hoja número I.P 1.585, inscripción primera. 4.º La concursada conservará las facultades de disposición y administración de su patrimonio de acuerdo al estado legal en que se encuentra, quedando sometido el ejercicio de sus facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante su autorización o conformidad. 9.º Cítese al Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 184.1 de la Ley Concursal y a los efectos prevenidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. 11.º Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 21.5.º, 84 y 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad deudora, para que en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones acordadas en este Auto, comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, escrito que ha de presentarse en el Juzgado Decano de este Partido Judicial y en el que se expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda y caso de invocarse un privilegio especial, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, datos registrales, acompañado de los originales de los documento relativos al crédito, de la representación en su caso alegada y, una copia de todo ello. 15.º Las personas legitimadas conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. 17.º El presente Auto, producirá sus efectos de inmediato, y será ejecutivo aunque no sea firme la presente resolución. Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y demás interesados, haciéndoles saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal, contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento. Así lo acuerda, manda y firma Doña María Olga Martín Alonso, Magistrada-Juez del Juzgado Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe..." Y para que se lleve a efecto lo acordado en la resolución cuya parte dispositiva ha quedado inserta anteriormente, adicionada mediante proveído dictado el 3 de junio de 2009 en la Sección Segunda del referido Concurso, de conformidad con el artículo 23 de la Ley Concursal, en su nueva redacción dada por el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo de 2009 y a la disposición transitoria segunda, procédase a la entrega de los Edictos a la Procuradora solicitante del concurso, quien deberá remitirlos de inmediato, para que se haga pública y con carácter gratuito. Santa Cruz de Tenerife, 3 de junio de 2009.- El/la Secretario.