ACOM GESTION COMERCIAL SL

Hoja MA57727· NIF B92366509

Extinguida · 02/11/2017Málaga
Domicilio :
Actividad :
Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de ACOM GESTION COMERCIAL SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000027925561
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
LocalidadMálaga
Registro MercantilMALAGA
Referencia registralTomo 3106 · Folio 140 · Hoja MA57727
EstadoNo vigente

Actividad

ACOM GESTION COMERCIAL SL es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Málaga (Andalucía). Su actividad declarada es «Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado» (CNAE 4322). El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 18 de marzo de 2009 al 2 de noviembre de 2017, repartidos en 3 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «No vigente».

Actividad económica (CNAE)

4322 · Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

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Actos registrados

  1. Ceses/DimisionesPublicado 02/11/2017· Inscrito 24/10/2017· I/A 3
  2. ExtinciónPublicado 02/11/2017· Inscrito 24/10/2017· I/A 3
  3. Ampliacion del objeto socialPublicado 18/03/2009· Inscrito 03/03/2009· I/A 2

Cambios

  1. 02/11/2017Extinción
  2. 18/03/2009Ampliación del objeto social

    Promoción, construcción, compra, venta y arrendamiento de inmuebles de todo tipo de edificios, viviendas y locales comerciales incluso de protección oficial, de naves industriales, así como su adquisición y enajenación.- La división de casas por pisos para su venta o arrendamiento.- La parcelación y.

Cronología (BORME)

  1. 02/11/2017#4602915
    Ceses/DimisionesExtinción
    ACOM GESTION COMERCIAL SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: SANCHEZ TAVIRA FRANCISCA MARIA. Situación concursal. Procedimiento concursal 271/2017. FIRME: Si, Fecha de resolución 25/09/2017. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE
  2. 15/06/2017#4420432
    ACOM GESTION COMERCIAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 271/2017. FIRME: No, Fecha de resolución 10/05/2017. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. Juez: MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZ. 
  3. 18/03/2009#126662
    Ampliacion del objeto social
    ACOM GESTION COMERCIAL SL. Ampliacion del objeto social. Promoción, construcción, compra, venta y arrendamiento de inmuebles de todo tipo de edificios, viviendas y locales comerciales incluso de protección oficial, de naves industriales, así como su 

Documentos oficiales

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Nota informativa mercantil

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Información de contacto

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Dirección completaC/ LA ERA 25, BLOQUE 5-1º-F., MÁLAGA

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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado — están listadas juntas.

Justicia · concursos

  1. Conclusión del concurso11/10/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 271/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Que en el procedimiento número 271/2017 (NIG 2906742M20170000582) del deudor ACOM GESTIÓN COMERCIAL, S.L., con CIF B-92366509, por Auto de fecha 25 de septiembre de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa, siendo la parte dispositiva de la referida resolución del siguiente tenor literal: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Acuerdo la extinción de la sociedad ACOM GESTIÓN COMERCIAL, S.L., con CIF B-92366509, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. Si la Administración Concursal no hubiere presentado la preceptiva rendición de cuentas, y sólo en este caso, acuerdo que se le requiera para ello en el plazo de 15 días, en los términos detallados en el artículo 152.2 de la Ley Concursal. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art. 177 de la LC. Málaga, 29 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-59024
  2. Otro acto concursal06/06/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 271/2017

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 271/2017 (NIG 2906742M20170000582), por auto de fecha 10 de mayo de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ACOM GESTIÓN COMERCIAL, S.L., con CIF B-92366509, domicilio en Málaga, C/ La Era, n.º 25, bloque 5, 1.º F, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra doña ELISA CARACUEL RODRÍGUEZ, abogada, provista de DNI 38130180-K, que lo hace en nombre y representación de la sociedad CONSULTORES DE GESTIÓN, S.A.P., con CIF A18021964, con domicilio y dirección postal en Granada, plaza de los Campos, n.º 4, 3.º B, CP 18009, Tfno.: 958225333, con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. 7.º En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal). Málaga, 22 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-35015
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