ABACO EDIFICIOS ANDALUCES SOCIEDAD LIMITADA

Hoja SE72352· NIF B91612317

Extinguida · 23/02/2018Sevilla
Domicilio :
Actividad :
Promoción inmobiliaria
Forma jurídica :
Sociedad Limitada (SL)

Información jurídica

Información jurídica de ABACO EDIFICIOS ANDALUCES SOCIEDAD LIMITADA

NIF
Hoja registral
IRUS1000027971881
Forma jurídicaSociedad Limitada (SL)
Referencia registralTomo 4608 · Folio 91 · Hoja SE72352
EstadoLiquidada

Actividad

ABACO EDIFICIOS ANDALUCES SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Sevilla, Andalucía. Su actividad declarada es «Promoción inmobiliaria» (CNAE 4110). El Registro Mercantil ha publicado 2 actos sobre esta sociedad, repartidos en 2 tipos de acto distintos. Figura en el registro como «Liquidada».

Actividad económica (CNAE)

4110 · Promoción inmobiliaria

Directivos y representantes

Administradores

Antiguos

Cartografía de administradores

Sin relaciones registradas

Actos registrados

  1. Ceses/DimisionesPublicado 23/02/2018· Inscrito 14/02/2018· I/A 2
  2. ExtinciónPublicado 23/02/2018· Inscrito 14/02/2018· I/A 2

Cambios

  1. 23/02/2018Extinción

Cronología (BORME)

  1. 23/02/2018#4763537
    Ceses/DimisionesExtinción
    ABACO EDIFICIOS ANDALUCES SOCIEDAD LIMITADA. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: ALVAREZ DIAZ JAIME;GONZALEZ LARA ANTONIO. Otros conceptos: Practicada la EXTINCION Y CANCELACION DE ASIENTOS de la sociedad "ABACO EDIFICIOS ANDALUCES, SOCIEDAD LIMITADA" N.I…

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Las empresas españolas que ejercen la misma actividad — Promoción inmobiliaria — están listadas juntas.

Justicia · concursos

  1. Declaración de concurso11/09/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 923/2016

    Edicto En el procedimiento número 923/2016- neg. 6, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, se ha dictado con fecha 7 de septiembre de 2017 resolución que acuerda la conclusión del concurso de la entidad ABACO EDIFICIOS ANDALUCES, S.L., CIF: B 91612317, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso de ABACO EDIFICIOS ANDALUCES, S.L. 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este Juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal. 6.- El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme. 7.- La extinción de la entidad ABACO EDIFICIOS ANDALUCES, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer. 8.- Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del Juzgado. 9.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución. 10.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. 11.- Notificar la presente resolución a la Administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME. Así lo acuerda, manda y firma, don Pedro Márquez Rubio, Magistrado del Juzgado Mercantil número 2 de Sevilla. Doy fe. EL MAGISTRADO. LA LETRADA DE LA ADM. DE JUSTICIA". Sevilla, 7 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-51840 ↗
  2. Otro acto concursal22/12/2016
    ⚖️ SEVILLAProc. 923/2016

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 923/2016- neg. 6, con nig. 4109142M20160001910 por auto de 17 noviembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Ábaco Edificios Andaluces, S.L., con CIF B-91612317, con domicilio en C/ Muñoz Olivé, nº 1, portal 2, 1 C y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla 41001). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Antonio Caballero Otaolaurruchi, profesión: letrado, DNI 52326677k con domicilio en C/ Balbino Marrón, Edificios Viapol, 3º planta, oficina 14, 41018 Sevilla, tef: 954296617 - -fax: 954296726- email: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 28 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2016-65910 ↗
  3. Otro acto concursal27/09/2016
    ⚖️ SEVILLAProc. 670/2016

    El Juzgado de lo Mercantil número dos de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 670/2016, con NIG 4109142M20160000410, por auto de 28 de julio de 2016 se ha declarado en concurso al deudor Estudio Jurídico Villasis, S.L.P.U., con CIF B91612317, domicilio calle Cristo de la Sed, número 53, 41005, Sevilla, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC, a estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D.ª África Gotor Sanjaume, DNI 77586132W, domicilio en calle Balbino Marrón, Edificio Viapol, planta 3, módulo 14, Sevilla, letrada, dirección de correo electrónico: [email protected], teléfono 954 296 617 y fax: 954 2967 26. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 14 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2016-45421 ↗
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