321 ILUMINACION SOCIEDAD LIMITADA
Hoja Z50649· NIF B99291262
- Domicilio :
- Forma jurídica :
- Sociedad Limitada (SL)
- Capital social :
- 3 010,00 €
- Constitución :
- 27/09/2010
Información jurídica
Información jurídica de 321 ILUMINACION SOCIEDAD LIMITADA
Actividad
321 ILUMINACION SOCIEDAD LIMITADA es una Sociedad Limitada (SL) con domicilio social en Zaragoza, Aragón. Se constituyó el 27 de septiembre de 2010. El Registro Mercantil ha publicado 4 actos sobre esta sociedad, del 27 de septiembre de 2010 al 29 de diciembre de 2017, repartidos en 4 tipos de acto distintos. Su capital social inscrito asciende a 3 010,00 €. Figura en el registro como «Liquidada».
Objeto social
El comercio al mayor y menor de toda clase de artículos de iluminación, regalos y toda clase de artículos de decoración y para el hogar, así como la instalación y montaje de todo ello. La intermediación en la compraventa de todo lo relacionado con lo anterior.
Directivos y representantes
Administradores
Antiguos
- Janovas Usan AlvaroCese el 21/12/2017Administrador Único
Cartografía de administradores
Cap table · participaciones
Persona jurídica · desde 27/09/2010 · socio único (BORME)Vigente
Cartografía de accionistas
Titular real (UBO)
CONTUMAKER SOCIEDAD LIMITADA100 %Vigente
Persona jurídica · desde 27/09/2010
Cartografía de titular real
Actos registrados
- ExtinciónPublicado 29/12/2017· Inscrito 21/12/2017· I/A 2
- ConstituciónPublicado 27/09/2010· Inscrito 16/09/2010· I/A 1
- Declaración de unipersonalidadPublicado 27/09/2010· Inscrito 16/09/2010· I/A 1
- NombramientosPublicado 27/09/2010· Inscrito 16/09/2010· I/A 1
Cambios
- 29/12/2017Extinción
- 27/09/2010Declaración de unipersonalidad
CONTUMAKER SOCIEDAD LIMITADA
Capital · eventos
- 27/09/2010ConstituciónCapital inicial: 3 010,00 €
Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.
Cronología (BORME)
- 29/12/2017#4684065Extinción
321 ILUMINACION SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 367/2016. FIRME: Si, Fecha de resolución 22/06/2017. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 2 DE ZARAGOZA. Juez: MARIA… - 27/09/2010#889694ConstituciónDeclaración de unipersonalidadNombramientos
321 ILUMINACION SOCIEDAD LIMITADA. Constitución. Comienzo de operaciones: 7.09.10. Objeto social: El comercio al mayor y menor de toda clase de artículos de iluminación, regalos y toda clase de artículos de decoración y para el hogar, así como la ins…
Documentos oficiales
Documentos oficiales del Registro Mercantil que conseguimos y te entregamos en PDF.
Nota informativa mercantil
Estado registral actual: administradores y apoderados con DNI, objeto, capital, domicilio y último depósito.
Público
Depósito de cuentas
Imagen real del depósito por ejercicio: balance, pérdidas y ganancias y estructura de accionistas.
Público
Certificación de estatutos sociales
Estatutos vigentes de la sociedad, certificados por el registrador.
Público· Constitución 2010
Certificación de poderes
Poderes vigentes de un apoderado concreto (indicando su NIF o nombre).
Público
Certificación de vigencia y cargos
Certificado fehaciente de existencia, vigencia y cargos vigentes.
Público
Certificación de titularidades reales
Beneficiarios efectivos oficiales de la sociedad.
Requiere interés legítimo (socio, administrador o sujeto obligado)
Informe sobre la posición de riesgo
Informe de riesgo comercial de la sociedad.
Público
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Información de contacto
Prospectar
Esta sociedad no declara actividad en el registro. Las empresas constituidas recientemente en la misma provincia — Zaragoza — están listadas juntas, con su dirección.
Justicia · concursos
- Conclusión del concurso17/11/2017⚖️ ZARAGOZAProc. 367/2016BOE-B-2017-67048 ↗
Edicto Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero. Que en el procedimiento concursal número 367/2016-B se ha dictado en fecha 13-11-2017 Auto de conclusión del concurso necesario por insuficiencia de la masa activa del deudor 321 Iluminación, S.L., CIF B-99291262. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero. En dicho Auto se ha acordado la publicación en «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 13 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso08/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de ZaragozaProc. 367/2016BOE-B-2017-42751 ↗
EDICTO D.ª Elena Victoria Buil Torralba, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Zaragoza, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración de Concurso 367/2016-B y NIG nº 50297 47 1 2016 0000855 se ha dictado en fecha 22 de junio de 2017 Auto de declaración de concurso necesario del deudor 321 Iluminación, S.L., con CIF B99291262, cuyo domicilio lo tiene en avenida Juan Pablo II, nº 6, 10º B de Zaragoza. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a la sociedad Sala mediación y concurso SLP, con domicilio postal en Paseo Independencia nº 14, 5º izquierda de Zaragoza, teléfono 976.09.52.18 y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos: [email protected] 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. Zaragoza, 26 de junio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.