Anuncio en el BORME · 1 de junio de 2026
RECUPERADORA ANDALUZA DE VIDRIO SOCIEDAD ANONIMA
- Articulo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil
Registro Mercantil de Sevilla · Hoja SE10318 · Inscripción I/A 30 (21 de mayo de 2026)
Texto publicado
RECUPERADORA ANDALUZA DE VIDRIO SOCIEDAD ANONIMA. Articulo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Justificacion de no aprobacion de cuentas del ejercicio 2022 mediante certificacion del organo de administracion. Articulo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Justificacion de no aprobacion de cuentas del ejercicio 2023 mediante certificacion del organo de administracion. Articulo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Justificacion de no aprobacion de cuentas del ejercicio 2024 mediante certificacion del organo de administracion. Datos registrales. S 8 , H SE 10318, I/A 30 (21.05.26).
Fuente oficial
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2026-102-41 · ref. 260661
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