Anuncio en el BORME · 6 de junio de 2022
DISEÑO Y DESARROLLO INTEGRAL DE INFRAESTRUCTURAS ELECTRICAS EL EJIDO SOCIEDAD ANONIMA
- Ceses/Dimisiones
- Nombramientos
- Modificaciones estatutarias
- Cambio de objeto social
Registro Mercantil de Almería · Hoja AL31970 · Inscripción I/A 27 (25 de mayo de 2022)
Nombramientos
- JURADO RODRIGUEZ MANUEL JOSEAdm. Unico
Ceses / dimisiones
- PARRA BAUTISTA JOSE RAMONConsejero
- JOSE RAMON PARRA ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS SConsejero
- INALCANSA S.LConsejero
- CV INGENIERIA DE INICIATIVAS Y GESTION SLConsejero
- EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDOConsejero
- SEGURA ORTEGA JOSE ANTONIOSecreNoConsj
- EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDOPresidente
Objeto social
Artículo 4..- Objeto: CNAE 4222.- 1.- La Sociedad tendrá por objeto: A) La organización, el desarrollo y explotación de actividades y negocios destinados a la realización de estudios, inspecciones, informes, proyectas, dirección de obras, consultoría y servicios, promoción, diseño, suministro, cons.
Texto publicado
DISEÑO Y DESARROLLO INTEGRAL DE INFRAESTRUCTURAS ELECTRICAS EL EJIDO SOCIEDAD ANONIMA. Ceses/Dimisiones. Consejero: PARRA BAUTISTA JOSE RAMON;JOSE RAMON PARRA ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS S;INALCANSA S.L.;CV INGENIERIA DE INICIATIVAS Y GESTION SL;EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDO. SecreNoConsj: SEGURA ORTEGA JOSE ANTONIO. Presidente: EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDO. Nombramientos. Adm. Unico: JURADO RODRIGUEZ MANUEL JOSE. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: "Artículo 4..- Objeto: CNAE 4222.- 1.- La Sociedad tendrá por objeto: A) La organización, el desarrollo y explotación de actividades y negocios destinados a la realización de estudios, inspecciones, informes, proyectas, dirección de obras, consultoría y servicios : Articulo 11º.: Gobierno y administración de la Sociedad.- El gobierno y la administración de ía Sociedad de conformidad con lo que establecen estos Estatutos, compete a la Junta General de accionistas, al órgano administrador, y si se nombrase, a la Comisión Ejecutiva y al Consejero Delegado.. Artículo 18º. Orden del día.- El orden del día se redactará por el órgano de Administración. No podrá ponerse a discusión ni una proposición que no esté incluida en el Orden del Día. Los accionistas podrán solicitar con -anterioridad a la reunión de la Junta por escrito, o verbalmente en la misma Articulo 22º- Modos de organizar la administración y retribución del cargo. 1º: Sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan a la Junta General, se le atribuye expresamente la facultad de optar alternativamente por cualquiera de los siguientes modos de organizar la administración: a) Un Artículo 23.- Terminación del mandato. El órgano de Administración cesará como tal por acuerdo de Junta General. En caso de que la Junta General acuerde que la Sociedad esté administrada por un Consejo de Administración, los administradores cesarán como tales por expiración del término de su Articulo 24.: Composición del Consejo de administración. En caso de que la Junta General acuerde que la Sociedad esté regida por un Consejo de Administración, será formado por un número que no será inferior a tres ni superior a once. El Consejo de Administración elegirá de entre sus miembros un Articulo 26º- Gerencia.- El Organo de Administración podrá nombrar y separar libremente, sin el carácter de órgano social, un director General o Gerente, con las facultades y ,funciones que acuerde el propio órgano del que dependerá.. Artículo 14..- Convocatorias.- Las Juntas Generales, tanto Ordinarias como Extraordinarias, se celebrarán en lugar, día y hora señalado en la convocatoria. Las convocatorias de las Juntas generales se publicarán en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los diarios de mayor Artículo 16º: Derecho de Asistencia.- Cada accionista tendrá el derecho de asistir a todas las Juntas Generales, bien personalmente, o bien mediante representación y tendrá un voto por cada una de las acciones de las que sea titular. La representación podrá conferirse mediante una simple carta Artículo 19º; Atribuciones de la Junta General Ordinaria. a) Será de competencia de la Junta General Ordinaria las establecidas en el Artículo 164 dei Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.. Articulo 20..- Atribuciones y Competencias de las Juntas, Generales Extraordinarias. a) Será competencia de fa Junta General extraordinaria el resto de competencias no atribuidas a la Junta General Ordinaria. Se aplicará en todo caso lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Artículo 31º: Transformación, Fusión, Escisión. La transformación, fusión y escisión de la Sociedad se regulará por lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital.. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Consejo de administración a Administrador único. Cambio de objeto social. "Artículo 4..- Objeto: CNAE 4222.- 1.- La Sociedad tendrá por objeto: A) La organización, el desarrollo y explotación de actividades y negocios destinados a la realización de estudios, inspecciones, informes, proyectas, dirección de obras, consultoría y servicios, promoción, diseño, suministro, cons. Datos registrales. T 2111 , F 150, S 8, H AL 31970, I/A 27 (25.05.22).
Fuente oficial
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2022-106-04 · ref. 259981
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