Anuncio en el BORME · 1 de diciembre de 2009

TALLERES GARCIA BLANES SA

Registro Mercantil de Valladolid · Hoja VA2430 · Inscripción I/A 7 (20 de noviembre de 2009)

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Texto publicado

TALLERES GARCIA BLANES SA. Ceses/Dimisiones. Presidente: GARCIA BLANES JULIO. Secretario: GARCIA BLANES ISABEL. Consejero: GARCIA BLANES EMILIO;GARCIA BLANES JOSE MARIA. Con.Delegado: GARCIA BLANES EMILIO;GARCIA BLANES ISABEL;GARCIA BLANES JOSE MARIA;GARCIA BLANES JULIO. Consejero: GARCIA BLANES JULIO;GARCIA BLANES ISABEL. Nombramientos. Adm. Solid.: GARCIA BLANES ISABEL;GARCIA BLANES EMILIO. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Consejo de administración a Administradores solidarios. Artículo 12º.- La Sociedad será regida y administrada por la Junta General de Accionistas y por dos Administradores Solidarios.. Artículo 18º.- Las Juntas Generales se celebrarán en la localidad donde la Sociedad tenga su domicilio. Actuarán como Presidente y Secretario quienes sean administradores al empezar la Junta. Sólo se podrá deliberar y votar sobre los asuntos incluidos en la convocatoria. Corresponde al Presidente Artículo 19º.- Las actas de las juntas generales se extenderán en el correspondiente libro e irán firmadas por quieneshayan actuado de Presidente y Secretario. Podrán ser aprobadas por la propia junta o, en su defecto, en el plazo de quince días por el Presidente y un representante de la minoría y Artículo 21º.- La Sociedad estará regida y administrada por dos administradores solidarios, elegidos por la Junta General. Para ser nombrado administrador no se requiere la cualidad de accionista, pudiendo serlo tanto personas físicas como jurídicas. . Artículo 23º.- La representación de la Sociedad en juicio y fuera de él, corresponde al órgano de administración, teniendo facultades, lo más ampliamente entendidas, para contratar en general, realizar toda clase de actos y negocios, obligacionales o dispositivos, de administración ordinaria o Artículo 24º.- El órgano de administración resolverá sobrela aplicación del resultado de acuerdo con el balance aprobado, distribuyendo dividendos a los accionistas en proporción al capital que hayan desembolsado, con cargo a los beneficios o a reservas de libre disposición, una vez cubierta la Artículo 25º.- La Sociedad se disolverá por acuerdo de la Junta General adoptado en cualquier tiempo, con los requisitos establecidos en la Ley y por las demás causas previstas en la misma. Cuando la Sociedad deba disolverse por causa legal que exija acuerdo de la Junta General, el órgano de Artículo 26º.- La junta general, si acordase la disolución, procederá al nombramiento y determinación de facultades del liquidador o liquidadores, que será siempre en número impar, con las atribuciones señaladas en el artículo 260 de la Ley de Sociedades Anónimas y de las demás de que hayan sidotradores ejercerán sus cargos durante el plazo de seis años, pudiendo ser reelegidos, una o más veces, por períodos de igual duración. Vencido el plazo, el nombramiento caducará cuando se haya celebrado la siguiente Junta General o haya. Datos registrales. T 418 , F 98, S 8, H VA 2430, I/A 7 (20.11.09).

Fuente oficial

Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2009-229-47 · ref. 503065

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