Anuncio en el BORME · 23 de marzo de 2016

EL PUERTO DE SANTA MARIA GLOBAL SL

Registro Mercantil de Cádiz · Hoja CA10893 · Inscripción I/A 60 (14 de marzo de 2016)

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Texto publicado

EL PUERTO DE SANTA MARIA GLOBAL SL. Modificaciones estatutarias. TITULO III. DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD. ARTICULO 9º.- ORGANOS DE GOBIERNO. El gobierno, dirección, régimen y administración de la sociedad estará a cargo de la Junta General, el Consejo de Administración, el Consejero-Delegado o Consejeros Delegados, en su caso, y el Director ARTICULO 22º.- COMPETENCIAS. Será competencia del Consejo de Administración lo siguiente: a) El gobierno y gestión superior de la empresa. b) Aprobar anualmente el organigrama y plantilla de la empresa, en el momento de la aprobación de los estados de previsión de gastos e ingresos, así como CAPITULO III. DE LOS CONSEJEROS DELEGADOS. ARTICULO 24º.- NOMBRAMIENTO. Será competencia asimismo, del Consejo de Administración el proceder al nombramiento de un Consejero Delegado, determinando el contenido y límite de sus facultades, para lo cual se requerirá el acuerdo favorable de los dos ARTICULO 25º.- RETRIBUCION. Los cargos de Consejero o Consejeros Delegados designados por el Consejo de Administración podrán ser o no retribuidos. En el caso de que fueren retribuidos corresponderá determinar dicha retribución a la Junta General. Corresponde al Consejo de Administración la ARTICULO 28.- FACULTADES.- Con independencia de las facultades que en cada caso o de forma genérica le confiera el Consejo de Administración, a través del correspondiente poder, el Director-Gerente, estatutariamente, tendrá las siguientes: a) Dictar las instrucciones, de carácter general o. Datos registrales. T 1978 , F 212, S 8, H CA 10893, I/A 60 (14.03.16).

Fuente oficial

Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2016-57-11 · ref. 133724

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