Anuncio en el BORME · 19 de enero de 2016
DUL ARTESA SL EN LIQUIDACION
- Ceses/Dimisiones
- Disolución
Registro Mercantil de Lleida · Hoja L26935 · Inscripción I/A 2 (12 de enero de 2016)
Ceses / dimisiones
- GUARDIA LASUEN NOELIAAdm. Unico
Datos inscritos
- Disolución
- Sí
Texto publicado
DUL ARTESA SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: GUARDIA LASUEN NOELIA. Otros conceptos: El cese de Doña Noelia Guardia Lasuen como administradora única lo es a efectos de lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley Concursal. Situación concursal. Procedimiento concursal 508/2015. FIRME: Si, Fecha de resolución 19/11/2015. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL DE LLEIDA. Juez: ENRECH LARREA, EDUARDO MARIA. Resoluciones: FUNDAMENTO JURIDICO Sexto.- Dado que el concurso se ha instado como voluntario,.abreviado y para liquidación, de conformidad con el Artículo 145 de la Ley Concursar, es procedente cesar a los administradores de la sociedad, suspendiendo las facultades de administración y disposición del deudor, que. Situación concursal. Procedimiento concursal 508/2015. FIRME: Si, Fecha de resolución 19/11/2015. Resoluciones acordando la intervención o suspensión de las factultades de administración y disposición del concursado. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL DE LLEIDA. Juez: ENRECH LARREA, EDUARDO MARIA. Resoluciones: FUNDAMENTO JURIDICO Sexto.- Dado que el concurso se ha instado como voluntario,.abreviado y para liquidación, de conformidad con el Artículo 145 de la Ley Concursar, es procedente cesar a los administradores de la sociedad, suspendiendo las facultades de administración y disposición del deudor, que. Situación concursal. Procedimiento concursal 508/2015. FIRME: Si, Fecha de resolución 19/11/2015. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 JUZGADO MERCANTIL DE LLEIDA. Juez: ENRECH LARREA, EDUARDO MARIA. Resoluciones: FUNDAMENTO JURIDICO Sexto.- Dado que el concurso se ha instado como voluntario,.abreviado y para liquidación, de conformidad con el Artículo 145 de la Ley Concursar, es procedente cesar a los administradores de la sociedad, suspendiendo las facultades de administración y disposición del deudor, que. Disolución. Otras Causas. Datos registrales. T 1349 , F 4, S 8, H L 26935, I/A 2 (12.01.16).
Fuente oficial
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2016-11-25 · ref. 19688
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