Anuncio en el BORME · 29 de diciembre de 2015
EUROAFRICA DE SUPERMERCADOS SL
- Ceses/Dimisiones
- Nombramientos
- Modificaciones estatutarias
Registro Mercantil de Melilla · Hoja ML2153 · Inscripción I/A 2 (24 de noviembre de 2015)
Nombramientos
- LOPEZ JIMENEZ ALFONSOConsejero
- LOPEZ JIMENEZ ALFONSOPresidente
- ROSO ROMERO CLARA EUGENIAConsejero
- ROSO ROMERO CLARA EUGENIASecretario
- ONTOSO DOLERA VICENTEConsejero
Ceses / dimisiones
- LOPEZ JIMENEZ ALFONSOAdm. Unico
Texto publicado
EUROAFRICA DE SUPERMERCADOS SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: LOPEZ JIMENEZ ALFONSO. Nombramientos. Consejero: LOPEZ JIMENEZ ALFONSO. Presidente: LOPEZ JIMENEZ ALFONSO. Consejero: ROSO ROMERO CLARA EUGENIA. Secretario: ROSO ROMERO CLARA EUGENIA. Consejero: ONTOSO DOLERA VICENTE. Modificaciones estatutarias. Artículo 7. Actuarán de Presidente y de Secretario de las Juntas, en caso de existir Consejo de Administración, los que lo son de dicho consejo y en su defecto, las personas que elijan los asistentes a la reunión. El presidente abrirá la sesión y dirigirá la discusión de los asuntos que figuren en Artículo 8. La Sociedad será regida y administrada, a elección de la Junta General, por: a) Un Administrador Unico, b) Dos o más administradores solidarios, en número no superior a DOCE, c) Dos o más administradores mancomunados, en número no superiora DOCE, quienes actuarán mancomunadamente dos Artículo 9. El cargo se ejercerá por tiempo indefinido, sin perjuicio de poder ser cesados en cualquier momento, por acuerdo en Junta General conforme al principio mayoritario del artículo 198 de la Ley.. Artículo 8 .1.- La representación de la Sociedad, en juicio y fuera de él corresponderá al órgano de administración con sujeción a las normas que seguidamente se establecen en función de cual sea la modalidad de órgano de administración que, en cada momento, dirija y administre la Compañía: a) Al Artículo 8 .2.- Para ser nombrado Administrador no será necesaria la condición de socio y sólo las personas físicas podrán ser nombradas administradores. No podrán ser Administradores los menores de edad no emancipados, los judicialmente incapacitados, las personas inhabilitadas conforme a la Ley Artículo 8 .3.- Cuando la administración y representación de la Sociedad se encomiende a un Consejo de Administración serán deaplicación las normas que seguidamente se establecen. El Consejo de Administración estará integrado por un mínimo de TRES y un máximo de DOCE miembros. El Consejo elegirá a Artículo 9º.1.- El cargo de administrador será gratuito.. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Consejo de administración. Datos registrales. T 104 , F 49, S 8, H ML 2153, I/A 2 (24.11.15).
Fuente oficial
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2015-247-52 · ref. 528016
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