Anuncio en el BORME · 5 de marzo de 2015

EDITORIAL LA CALESA SA

Registro Mercantil de Valladolid · Hoja VA3092 · Inscripción I/A 14 (24 de febrero de 2015)

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Nombramientos

Ceses / dimisiones

Texto publicado

EDITORIAL LA CALESA SA. Ceses/Dimisiones. Consejero: ALTES BUSTELO JACINTO. Presidente: ALTES BUSTELO JACINTO. Con.Delegado: ALTES BUSTELO JACINTO. Consejero: ALTES BUSTELO ANGEL;ALTES ASENJO IGNACIO. Secretario: ALTES ASENJO IGNACIO. Nombramientos. Adm. Unico: ALTES ASENJO IGNACIO. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Consejo de administración a Administrador único. Articulo 11º.- La transmisión de las acciones, podrá efectuarse sin más requisitos ni restricciones que las establecidas a continuación, bastando la mera posesión legítima de las mismas, para ostentar la cualidad de socio y ser reconocido como tal, por el Administrador único, tras comprobar que se Articulo 12º.- El gobierno de la Sociedad se ejercerá por la Junta General de accionistas, y el Administrador único. . Articulo 13º.- Los accionistas, constituidos legalmente en Junta General, forman el órgano deliberante de la Sociedad, para decidir por mayoría de votos en los asuntos atribuidos a su competencia. En caso de empate de votos, será dirimente el voto del Administrador Unico si estuvo presente en la Articulo 14º.- Las Juntas Generales, podrán ser ordinarias o extraordinarias, debiendo ser convocadas por el Administrador Unico.. Articulo 16º.- El Administrador único, podrá convocar la Junta General Extraordinaria, siempre que lo estime conveniente para el interés social. Deberá asimismo convocarlo cuando lo solicite un numero de socios titular al menos del cinco por ciento del capital social, expresando en la solicitud los Articulo 19º.- Los accionistas que no asistan a la Junta General, podrán hacerse representar en ella, exclusivamente por otro accionista. La representación deberá conferirse por escrito, con carácter especial para cada Junta. No se precisará documento público de apoderamiento, si el Administrador Articulo 20º.- Las Juntas Generales, ordinaria o extraordinaria, serán presididas por el Administrador único, en su ausencia, por el accionista que designen los socios. Si ningún accionista quisiera presidirlas designarán los asistentes a la Junta, quienes habrán de desempeñar los cargos de Articulo 21º.- La Sociedad será administrada, regida y representada con amplias facultades, por un Administrador único, designado por la Junta General de accionistas, con una duración de su mandato por un periodo de cinco años, pudiendo ser reelegidos una o más veces por periodos de igual duración Articulo 25º.- El Admnistrador único, tiene la plena representación de la sociedad y puede llevar a cabo todos los actos, negocios y contratos relativos al giro y tráfico del objeto social y todos aquéllos que de forma específica y concreta, no estén reservados a la Junta General.. Articulo 27º.- La representación en juicio o fuera de él, es también competencia del Administrador único.. Articulo 33º.- La marcha económica- social, quedará así dividida en periodos anuales, por medio de balances, que se someterán a la Junta General, para que ésta determine, una vez deducidos gastos, impuestos y pérdidas en su caso, la cantidad que se ha de retener como fondo de reserva legal Otros conceptos: Los Artículos 22º, 23,º 24º, 26º, 28º, 29º, 30º y 31º, la redacción de todos ellos será "Sin Contenido". Datos registrales. T 1475 , F 150, S 8, H VA 3092, I/A 14 (24.02.15).

Fuente oficial

Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2015-44-47 · ref. 97401

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