Anuncio en el BORME · 16 de diciembre de 2011

INSTITUTO EUROPEO DE EDUCACION SUPERIOR AUCAL SL

Registro Mercantil de Valladolid · Hoja VA23079 · Inscripción I/A 2 (5 de diciembre de 2011)

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Nombramientos

Ceses / dimisiones

Datos inscritos

Capital
4000,00 €
Capital resultante
8000,00 €

Texto publicado

INSTITUTO EUROPEO DE EDUCACION SUPERIOR AUCAL SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: GONZALEZ FOLGADO MANUEL. Nombramientos. Adm. Mancom.: GONZALEZ FOLGADO MANUEL;MORENO HIDALGO FRANCISCO JAVIER;MORENO HIDALGO JESUS. Ampliación de capital. Capital: 4.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 8.000,00 Euros. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Administradores mancomunados. ARTICULO 12: La administración de la sociedad se confia a TRES administradores mancomunados. El poder de representación se ejercerá mancomunadamente, al menos, por dos de ellos.. ARTICULO 14: "En las juntas generales los acuerdos sociales se adoptarán por el principio mayoritario que, para cada caso, exige la Ley de Sociedades de Capital en su Capítulo VII".. ARTICULO 15: La junta general quedará validamente constituida para tratar cualquier asunto, sin necesidad de previa convocatoria, siempre que esté presente o representada la totalidad del capital social y los concurrentes acepten por unanimidad la celebración de la reunión y el orden del día de la ARTICULO 16: Toda junta general deberá ser convocada por los administradores mancomunados conjuntamente, mediante carta certificada con aviso de recibo dirigida al domicilio queconste de cada uno de los socios en el Libro Registro de Socios, por lo menos con quince días de antelación a la fecha ARTICULO 17: Todos los socios tienen derecho a asistir a la junta general. El socio podrá hacerse representar en las reuniones de la junta general por medio de otro socio, su cónyuge, descendiente o persona que ostente poder general conferido en documento público con facultades para administrar ARTICULO 18: La administración de la sociedad y su representación en juicio y fuera de él corresponde a los Administradores Mancomunados de manera conjunta. Para representar y celebrar negocios jurídicos en nombre de la sociedad será imprescindible la firma de. al menos, dos de los tres ARTICULO 19: Para ser nombrado administrador no será necesaria la condición de socio. Su nombramiento se hará por la junta general por tiempo indefinido sin perjuicio de poder ser cesado en cualquier momento por acuerdo adoptado por mayoria conforme al artículo 198 de la Ley de Sociedades de ARTICULO 13:"La junta general será convocada por los administradores mancomunados, de forma conjunta, y en su caso, por los liquidadores de la sociedad. Los administradores mancomunados convocarán la junta general para su celebración dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio con el fin de. Datos registrales. T 1377 , F 169, S 8, H VA 23079, I/A 2 ( 5.12.11).

Fuente oficial

Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2011-237-47 · ref. 500201

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